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La fase de concurso para ser docente puntuará un 45%

El borrador de ingreso y acceso a la función pública docente ha pasado al Consejo de Estado desde el Ministerio de Administraciones Públicas. Los cambios son pocos y el enfado de los sindicatos, evidente.
Miércoles, 14 de febrero de 2007
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Autor: Marta SERRANO

Lo anunciábamos la semana pasada. Dicho y hecho. El borrador que regulará el nuevo sistema de acceso a la función pública docente ya está en el Consejo de Estado. Los cambios, no obstante, son pocos y no convencen a las organizaciones sindicales, que siguen pidiendo al Ministerio de Educación por activa y pasiva un nuevo texto y la retirada del proyecto actual. Por su parte, desde el MEC, el equipo del subsecretario, Fernando Gurrea, erre que erre, deja que el proyecto de Real Decreto sobre ingreso, acceso y adquisición de especialidades para los cuerpos docentes de la LOE siga su curso y ya ha sido remitido al Consejo de Estado con unas pequeñas aunque importantes modificaciones.

Temarios

En lo que a temarios se refiere (regulados en la disposición transitoria segunda), se explica que “en los procedimientos selectivos de ingreso y accesos a los cuerpos de funcionarios docentes a que se refiere el Reglamento que se aprueba por este Real Decreto, convocados al amparo de las Ofertas de Empleo Público relativas al año 2007, serán de aplicación los temarios vigentes que correspondan a cada cuerpo y especialidad”.
Como novedad “a estos temarios se añadirá, con el mismo carácter transitorio, y previa consulta a las comunidades autónomas, uno dedicado a la especialidad de Primaria del Cuerpo de maestros, especialidad que se añade, en tanto no se regulen todas ellas de manera definitiva, a las vigentes especialidades de este Cuerpo”.
A dicho temario, que deberá comprender los aspectos didácticos y de contenido educativo general, se le podrán incorporar, en las convocatorias que realicen las administraciones educativas con lengua cooficial, otros contenidos relativos a la propia lengua cooficial y literatura, por ampliación parcial de los temas del temario a que se refiere el apartado anterior, y por adición de nuevos temas en un número, en todo caso, no superior a seis (con lo que queda suprimida la Disposición adicional del Reglamento por la que se creaba la especialidad de Primaria). Además, “la ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso para formar la puntuación global será de un 55% para la fase de oposición y un 45% para la fase de concurso”, informaron a MAGISTERIO fuentes del MEC, lo que implica la reducción de ponderación para el acceso, siguiendo indicaciones del MAP.

Informe polémico

En cuanto al artículo 61.2,  y más concretamente al último párrafo,  relativo a la parte B)2 de la prueba y que ha sido uno de los que ha levantado más ampollas entre la comunidad educativa, el MEC sigue apostando porque sean las administraciones educativas, en el caso del profesorado interino en activo a la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Educación (LOE) las que decidan si la tradicional fase de la aplicación didáctica se pueda sustituir por un informe.
Dicho informe, que algunos sindicatos califican prácticamente como alegal, lo elaborarían a instancias del aspirante, dichas administraciones educativa. En él se valoraría la competencia profesional del aspirante en el ámbito docente público del mismo nivel o etapa educativa a los que se opta. No obstante, desde CCOO, STE y ANPE se cree que dicho informe no responde a los parámetros de igualdad, mérito y capacidad.
Por parte del MEC se asegura que “el informe será juzgado, valorado y calificado por el tribunal correspondiente, deberá acreditarse, al menos, la concreción de los objetivos de aprendizaje que se han perseguido en las unidades didácticas, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se plantean en el aula y sus procedimientos de evaluación”, por lo que se refuerza la redacción de este precepto para velar por un principio de igualdad, conforme al informe del MAP.

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