La Junta de Andalucía denegará el concierto a centros no mixtos
"Educación respeta a quienes opten por otros modelos como una enseñanza que diferencia entre niños y niñas, que los separa y los segrega, pero no sostenida con fondos públicos. Educación defiende así el principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución y en la Ley de Igualdad de Género", señala la Consejería en un comunicado.
El artículo 109 de la LOE establece las necesidades de escolarización y las disponibilidades presupuestarias como criterios básicos para la programación educativa, según Educación, que reitera que solo va a retirar de la oferta las unidades del nivel de acceso a las enseñanzas. El alumnado ya escolarizado continuará con el concierto educativo, que se resolverá por un año hasta contar con pronunciamiento judicial sobre el fondo de la cuestión, según explica la Junta.
Sobre el derecho "a la libre elección de centro", Educación informa de que hay sentencias que determinan que no es un derecho absoluto, sino que se ejerce al solicitar plaza, y no condiciona a las administraciones, en el marco de la planificación educativa, condicionada a su vez por la propia capacidad de los centros.
La Consejería ha recordado también que la modificación de la Lomce habilita a estos centros a recibir fondos públicos, pero la Administración, conforme a su planificación educativa, puede acceder o no a esta posibilidad. La Junta ha informado de que en estos momentos los centros han recibido las propuestas de resolución en sentido denegatorio y ahora corresponde a los titulares realizar las alegaciones que estimen procedentes, que serán analizadas y valoradas por la Administración.