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Plagio, novatadas o acoso se castigarán en la universidad pública con la expulsión

Las novatadas, el plagio o el acoso podrán ser sancionados con la expulsión de entre dos meses y tres años en la universidad, según la futura Ley de Convivencia Universitaria aprobada en Consejo de Ministros, cuyo ámbito de aplicación excluye a los centros privados y al profesorado y personal no docente.
EfeMartes, 25 de mayo de 2021
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La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. © Pool Moncloa / Fernando Calvo

El proyecto de ley redactado por la cartera de Manuel Castells, que se enviará al Parlamento a finales del verano, derogará una de las pocas normas franquistas aún en vigor: el Reglamento de Disciplina Académica de Enseñanza Superior, firmado por Franco y el ministro Joaquín Ruiz Giménez en septiembre de 1954 en el Pazo de Meirás. Un decreto «anacrónico», «obsoleto» y que entraba «en contradicción» con los principios democráticos, según lo ha definido la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, quien ha añadido que la nueva ley responde a una amplia demanda de la comunidad universitaria y del Defensor del Pueblo.

La nueva ley será de aplicación en las universidades públicas, mientras que las privadas podrán desarrollar sus normas de convivencia «inspirándose» en estas, según fuentes del Ministerio, que han añadido que los centros privados quedan fuera de su ámbito de regulación. Esto último ha sido criticado hoy por la Coordinadora de Representantes de Estudiantes de Universidades Públicas (Creup), que ha dicho no entender por qué se excluyen los centros privados y por qué el régimen disciplinario solo afecta a los alumnos y no al personal docente y no docente. Según su portavoz, David López Maturén, «hay muchas cosas comunes en la comunidad universitaria, como puede ser el plagio».

Según fuentes del Ministerio de Universidades, el profesorado y el personal no docente son trabajadores, por tanto se rigen por otro tipo de legislación.

Faltas muy graves: copiar, plagiar y novatadas

Entre las faltas «muy graves» que contempla el nuevo proyecto se encuentra el plagio «total o parcial» de una obra o cometer fraude académico en la elaboración de un trabajo de fin de grado, fin de máster o tesis doctoral.

Alterar o falsificar documentos académicos, la discriminación por razón de sexo u orientación sexual, incumplir las normas de salud pública o suplantar a un miembro de la comunidad universitaria también son consideradas faltas muy graves, sancionadas con la expulsión de dos meses a tres años y la pérdida de la matrícula.

Igualmente son muy graves hacer novatadas o cualesquiera otras conductas o actuaciones de análoga naturaleza que supongan un grave menoscabo para la dignidad de las personas, e impedir el correcto desarrollo de los procesos electorales de la universidad. En el caso de las novatadas, si no se producen dentro de las instalaciones universitarias sino, por ejemplo, en los colegios mayores, no sería aplicable la ley dado que se ciñe en exclusiva a los espacios de la universidad.

Falsear los resultados: pérdida de la matrícula

Entre las faltas graves se encuentra apoderarse indebidamente de exámenes o falsear sus resultados, impedir la celebración de actividades universitarias y acceder sin permiso a los sistemas informáticos de la universidad, entre otras. Para estos casos se podrá expulsar al alumno durante un mes o la pérdida de la matrícula de la asignatura en la que se haya cometido el fraude.

Entre las faltas graves se encuentra apoderarse indebidamente de exámenes o falsear sus resultados, impedir la celebración de actividades universitarias y acceder sin permiso a los sistemas informáticos de la universidad, entre otras

El proyecto establece, por último, las faltas leves, que se solventan con una amonestación privada que puede ir acompañada de medidas sustitutivas de carácter educativo o recuperador. Se consideran faltas leves el acceder a instalaciones universitarias a las que no se tenga autorizado el acceso, actuar para copiar el contenido de exámenes a través de medios que no se consideren graves o muy graves, o deteriorar de forma no grave el patrimonio de la universidad.

Las faltas muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses.

La mediación, esencia de la norma pero con salvedades

De acuerdo con la nueva ley, las universidades crearán una Comisión de Convivencia encargada de canalizar las iniciativas para mejorar la convivencia en la universidad, promover la utilización del mecanismo de mediación y, en aquellos casos en que resulte procedente, tramitar el procedimiento de mediación como alternativa al régimen sancionador. Esta comisión contará con una representación paritaria de estudiantes, personal docente e investigador y personal de administración y servicios.

La mediación, según la nueva ley, es uno de los elementos «cruciales» para la resolución de conflictos, pero no será posible cuando se abra un expediente relativo a violencia de género, daños contra el patrimonio de la universidad y fraude académico. Tampoco se podrá hacer cuando una de las partes se niegue a ello.

De acuerdo con las fuentes del Ministerio, no se ha pretendido hacer un listado exhaustivo de faltas –»esto no es un Código Penal»–, sino recoger aquellas que más inciden en el ámbito universitario. La futura ley sirve de marco general para que luego las universidades, en el marco de su autonomía, desarrollen sus propias normas de convivencia.

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