Alumnos de 16 y 17 años podrán matricularse excepcionalmente en un centro de adultos
A partir del curso próximo, en la Comunidad de Madrid aplicará el artículo 67.1 de la Lomloe, por el que los alumnos de 16 y 17 años con circunstancias excepcionales (acoso, trastornos de conducta o psicológico, problemas severos de adaptación…) o que no hayan estado escolarizados en el sistema educativo español podrán matricularse en alguno de los 70 CEPA o en cualquier centro que imparta enseñanza de adultos, según figura en estas Instrucciones que se acaban de publicar para el curso 2021-22.
La modificación del apartado 1 del artículo 67 señala que “además de las personas adultas, excepcionalmente, podrán cursar estas enseñanzas los mayores de 16 años que lo soliciten y que tengan un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario o sean deportistas de alto rendimiento. Asimismo, las administraciones educativas podrán autorizar excepcionalmente el acceso a estas enseñanzas a los y las mayores de 16 años, en los que concurran circunstancias que les impidan acudir a centros educativos ordinarios y que estén debidamente acreditadas y reguladas, y a quienes no hubieran estado escolarizados en el sistema educativo español”.
Los alumnos menores de 18 años en los que concurran estas circunstancias excepcionales, debidamente acreditadas, podrán cursar las enseñanzas en CEPA preferentemente por el régimen a distancia
Por ello, dicen las Instrucciones de la Consejería de Educación, los alumnos menores de 18 años en los que concurran estas circunstancias excepcionales, debidamente acreditadas, que les impida asistir regularmente al centro educativo ordinario, podrán cursar las enseñanzas en CEPA preferentemente por el régimen a distancia. El alumno presentará la solicitud en el centro con la documentación que acredite las citadas circunstancias. El director del centro trasladará la solicitud, junto con la documentación aportada por el alumno, al Director/a de Área Territorial para que el Servicio de Inspección Educativa emita el correspondiente informe sobre la procedencia o no de autorización. Se dará traslado de toda la documentación a la Dirección General de Educación Secundaria, FP y Régimen Especial para su autorización, si procede.
INAV es un centro de referencia de la enseñanza de adultos online. Según su director, Javier de los Bueis, “esta medida supone un gran avance para colocar al alumno y sus circunstancias en el centro del sistema educativo y no al revés”. Según él, “hay circunstancias –trastornos de la conducta, determinadas dificultades del aprendizaje, situaciones de acoso escolar, problemas de adaptación, trastornos psicológicos…– que aconsejan adoptar una metodología online. Desde luego habrá que evaluar con rigor cada caso, serán situaciones excepcionales, pero el sistema debe ser flexible y sin duda debe saber adaptarse”.
La situación de pandemia nos ha enseñado que es posible ofrecer, desde luego en Secundaria, una enseñanza de calidad también en modalidad online
"Para Javier de los Bueis, «la situación de pandemia nos ha enseñado que es posible ofrecer, al menos en Secundaria, una enseñanza de calidad también en modalidad online. Por ejemplo, en INAV hemos aprendido que debíamos compensar la distancia con el alumno que supone la enseñanza online con un refuerzo en la acción tutorial. Todos nuestros alumnos se sienten permanentemente acompañados por sus profesores y por el equipo de orientación por email, teléfono, chat, videotutorías… Nos supone un gran esfuerzo, pero ha sido el camino que nos ha permitido bajar por debajo del 10% la tasa de abandono y elevar por encima del 80% el porcentaje de titulados. Al final, paradójicamente, la mejor receta es una sabia combinación entre las metodologías más vanguardistas que ofrece la enseñanza online y lo más tradicional como es la tutoría, la atención personalizada al alumno».
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