Sindicatos y Educación acuerdan una subida progresiva de sexenios
Los docentes de la enseñanza pública de Castilla y León –a diferencia del resto de empleados públicos de la Administración General autonómica– seguirán obligados a elegir entre sexenios y carrera profesional, aunque verán aumentado su complemento por formación permanente cada seis años.
En concreto, el incremento anual con 3 sexenios pasa de ser de 70 € brutos anuales en 2021 (que se abonará en paga única antes de final de año) y 2022 a 84 € en 2023 y 2024. Si son cuatro los sexenios acumulados, la cuantía se establece en 182 € brutos en 2021, 210 € en 2022, 238 € en 2023 y 266 € en 2024. Finalmente, los docentes con cinco sexenios podrán percibir 364€ brutos anuales este año, que subirán hasta los 420 € en 2022, 476 € en 2023 y 532 € en 2024.
Los incrementos de sexenios son fruto de las reuniones entre las cinco organizaciones sindicales –ANPE, STECyL, CSIF, CCOO y UGT– con representación en la Mesa Sectorial de Educación y la Consejería dirigida por Rocío Lucas, desde donde se ha propuesto una subida progresiva a fin de reducir la diferencia económica y compensar al profesorado que no opte a la carrera profesional.
En un comunicado recogido por MAGISTERIO, dichas organizaciones sindicales recuerdan que «en el proceso de negociación se ha conseguido que esta elección sea reversible hasta en cinco ocasiones en el periodo de permanencia en el servicio activo, dando la posibilidad de optar por el complemento económico más favorable». Además, pese a lograr el incremento de los sexenios, los cinco sindicatos rechazan «la obligatoriedad de elección entre carrera profesional y sexenios impuesta en la Ley 7/2019 de implantación y desarrollo de la Carrera Profesional del personal al servicio de la administración de la Comunidad de Castilla y León».
Los sexenios del personal funcionario docente son fruto del acuerdo de 20 de junio de 1991 firmado entre el Ministerio de Educación y Ciencia y las Organizaciones Sindicales.
Los sexenios del personal funcionario docente son fruto del acuerdo de 20 de junio de 1991 firmado entre el Ministerio de Educación y Ciencia y las Organizaciones Sindicales, por el que se regulan las retribuciones complementarias del profesorado. Este componente por formación permanente se percibirá por cada seis años de servicio como funcionario de carrera en la función pública docente, siempre que se hayan acreditado durante dicho periodo, como mínimo, cien horas de actividades de formación.
Son acumulables y, en su conjunto, no podrán exceder de 30 años. Los sindicatos de enseñanza insisten en el «agravio comparativo» respecto al resto de funcionarios públicos e insisten en diferenciar el carácter «automático» de los sexenios de la carrera profesional horizontal, un «reconocimiento a la trayectoria y el esfuerzo evaluable».