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Ayudas a las familias: el Estado

padresycolegios.comSábado, 1 de enero de 2022
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Aunque aún queda un largo camino por recorrer para equipararnos con la media europea, en España existen multitud de ayudas a la familia concedidas por las distintas administraciones. La siguiente información (centrada en las iniciativas que corren a cargo del Estado) inaugura una serie que tendrá continuidad en números posteriores con la explicación de las medidas concretas en Transporte, Educación, Sanidad, Dependencia… adoptadas por las comunidades autónomas.

 

Aunque aún queda un largo camino por recorrer para equipararnos con la media europea, en España existen multitud de ayudas a la familia concedidas por las distintas administraciones. La siguiente información (centrada en las iniciativas que corren a cargo del Estado) inaugura una serie que tendrá continuidad en números posteriores con la explicación de las medidas concretas en Transporte, Educación, Sanidad, Dependencia… adoptadas por las comunidades autónomas.

 

Por nacimiento
u Subvención de 2.500 euros por nacimiento de un hijo o adopción en el seno de una familia legalmente establecida. A diferencia de otras ayudas, el famoso cheque-bebé tiene carácter universal, es decir, pueden cobrarlo todas las familias con independencia de su nivel de renta. Se puede obtener como pago único o como deducción fiscal.
u Parto o adopción múltiples. Prestación económica (pago único y universal) cuando el número de nacidos o adoptados sea igual o superior a dos (los niños con minusvalía del 33% o mayor computan doble). Si son dos, casi 2.500 euros. En caso de trillizos, roza los 5.000 euros. Para cuatro o más, cerca de 7.500 euros.
u A partir del tercer hijo. El Estado concede unos 450 euros por el nacimiento de un tercer hijo o sucesivos. Tienen derecho a este subsidio las familias que no superen un determinado nivel anual de ingresos, máximo que viene determinado por el número de hijos a cargo en el hogar: 12.116 euros si son tres (15.903 para las familias numerosas), 13.526 si son cuatro (18.479), etc.
u Familias monoparentales o cuando la madre sufra una discapacidad igual o superior al 65%. Ayuda de 1.000 euros siempre y cuando el nivel de ingresos no supere los 12.240 euros (primer hijo), 13.905 (segundo hijo), etc.
Por hijos a cargo
u Ayuda de 100 euros al mes para las madres trabajadoras hasta que su hijo cumpla los tres años. Pueden optar todas las mujeres con empleo remunerado fuera del hogar, independientemente de su nivel de renta. También se puede obtener de forma global al realizar la declaración de la renta.
u Prestaciones por hijos o menores acogidos. Están previstas para menores de 18 años o mayores de edad con una minusvalía igual o superior al 65%. Cuando los hijos no son discapacitados, la cuantía es de 500 euros anuales (125 euros trimestrales) para los menores de tres años y de 291 euros al año (poco más de 24 euros al mes) para aquellos entre 3 y 18 años, y el derecho a cobrar la ayuda depende del nivel de renta, estableciéndose máximos que aumentan según el número de hijos a cargo. En el caso de hijos con discapacidad, todas las familias son beneficiarias de la prestación.
Permisos de
maternidad/paternidad,
excedencias y reducción
de jornada
u Permisos. Para la madre, 16 semanas con salario íntegro, de las que seis son obligatorias tras el nacimiento de hijo y las otras 10 se pueden ceder al padre. Existe la posibilidad de ampliar el permiso dos semanas en caso de parto múltiple o cuando el niño nazca con discapacidad. Para el padre, 13 días, con ampliación de dos días en los mismos casos que para la madre. Las 10 semanas de libre disposición pueden ser disfrutadas de forma simultánea por el padre y la madre.
u Excedencias. Tanto el padre como la madre pueden solicitar la excedencia (sin derecho a salario) para el cuidado del hijo hasta que éste cumpla los tres años.
u Reducción de jornada. Durante los nueve primeros meses de vida del hijo, la madre puede ausentarse de su trabajo (sin que este tiempo se le descuente de su salario) una hora al día por motivos de lactancia. Además, es posible solicitar la reducción de jornada hasta que el niño cumpla los ocho años, siendo la disminución del salario proporcional a las horas de ausencia.
Familias numerosas
El Estado concede a las familias numerosas numerosos beneficios, entre los que destacan:
u Bonificación del 45% de las cuotas de la Seguridad Social (del empleador) por la contratación de un cuidador al servicio de una familia numerosa.
u Derechos de preferencia para conseguir becas, reducción del 50% o exención de tasas y precios públicos en el ámbito de la educación.
u Bonificaciones del 20-50% en las tarifas de transporte por carretera, ferrocarril y marítimo, y descuento del 5-10% en las tarifas aéreas nacionales.

 

Por nacimiento

– Subvención de 2.500 euros por nacimiento de un hijo o adopción en el seno de una familia legalmente establecida. A diferencia de otras ayudas, el famoso cheque-bebé tiene carácter universal, es decir, pueden cobrarlo todas las familias con independencia de su nivel de renta. Se puede obtener como pago único o como deducción fiscal.

– Parto o adopción múltiples. Prestación económica (pago único y universal) cuando el número de nacidos o adoptados sea igual o superior a dos (los niños con minusvalía del 33% o mayor computan doble). Si son dos, casi 2.500 euros. En caso de trillizos, roza los 5.000 euros. Para cuatro o más, cerca de 7.500 euros.

– A partir del tercer hijo. El Estado concede unos 450 euros por el nacimiento de un tercer hijo o sucesivos. Tienen derecho a este subsidio las familias que no superen un determinado nivel anual de ingresos, máximo que viene determinado por el número de hijos a cargo en el hogar: 12.116 euros si son tres (15.903 para las familias numerosas), 13.526 si son cuatro (18.479), etc.

– Familias monoparentales o cuando la madre sufra una discapacidad igual o superior al 65%. Ayuda de 1.000 euros siempre y cuando el nivel de ingresos no supere los 12.240 euros (primer hijo), 13.905 (segundo hijo), etc.

 

Por hijos a cargo

– Ayuda de 100 euros al mes para las madres trabajadoras hasta que su hijo cumpla los tres años. Pueden optar todas las mujeres con empleo remunerado fuera del hogar, independientemente de su nivel de renta. También se puede obtener de forma global al realizar la declaración de la renta.

– Prestaciones por hijos o menores acogidos. Están previstas para menores de 18 años o mayores de edad con una minusvalía igual o superior al 65%. Cuando los hijos no son discapacitados, la cuantía es de 500 euros anuales (125 euros trimestrales) para los menores de tres años y de 291 euros al año (poco más de 24 euros al mes) para aquellos entre 3 y 18 años, y el derecho a cobrar la ayuda depende del nivel de renta, estableciéndose máximos que aumentan según el número de hijos a cargo. En el caso de hijos con discapacidad, todas las familias son beneficiarias de la prestación.

 

Permisos de maternidad/paternidad, excedencias y reducción de jornada

– Permisos. Para la madre, 16 semanas con salario íntegro, de las que seis son obligatorias tras el nacimiento de hijo y las otras 10 se pueden ceder al padre. Existe la posibilidad de ampliar el permiso dos semanas en caso de parto múltiple o cuando el niño nazca con discapacidad. Para el padre, 13 días, con ampliación de dos días en los mismos casos que para la madre. Las 10 semanas de libre disposición pueden ser disfrutadas de forma simultánea por el padre y la madre.

– Excedencias. Tanto el padre como la madre pueden solicitar la excedencia (sin derecho a salario) para el cuidado del hijo hasta que éste cumpla los tres años.

– Reducción de jornada. Durante los nueve primeros meses de vida del hijo, la madre puede ausentarse de su trabajo (sin que este tiempo se le descuente de su salario) una hora al día por motivos de lactancia. Además, es posible solicitar la reducción de jornada hasta que el niño cumpla los ocho años, siendo la disminución del salario proporcional a las horas de ausencia.

 

Familias numerosas

El Estado concede a las familias numerosas numerosos beneficios, entre los que destacan:

– Bonificación del 45% de las cuotas de la Seguridad Social (del empleador) por la contratación de un cuidador al servicio de una familia numerosa.

– Derechos de preferencia para conseguir becas, reducción del 50% o exención de tasas y precios públicos en el ámbito de la educación.

– Bonificaciones del 20-50% en las tarifas de transporte por carretera, ferrocarril y marítimo, y descuento del 5-10% en las tarifas aéreas nacionales.

 

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