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La Generalitat valenciana regula la competencia lingüística para acceder a la función pública

A cada categoría funcionarial se asigna su respectivo grado de capacitación en valenciano con el fin de dar un servicio óptimo a la ciudadanía. Asimismo, se despliega el decreto de homologación de la capacitación en valenciano del alumnado que finaliza la ESO y el Bachillerato.

Redacción-ValenciaViernes, 2 de diciembre de 2022
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Rueda de prensa de las conselleras de Educación, Raquel Tamarit y de Justicia, Interior i Administración Pública, Gabriela Bravo.

La Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública y la Conselleria de Educación Cultura y Deporte han acordado los términos para que se impulse el despliegue del decreto para la regulación de la acreditación de la competencia lingüística en valenciano, como requisito de participación en los procedimientos selectivos en el ámbito de la ocupación pública.

Este decreto se despliega para las convocatorias de oposiciones de la Administración de la Generalitat, los organismos públicos autonómicos, los consorcios adscritos a la Generalitat, las entidades locales y el personal no docente de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana.

El decreto, que desplegará la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, regulará los grados de capacitación lingüística en valenciano para cada categoría funcionarial con el fin último de dar un servicio óptimo a la ciudadanía desde las administraciones públicas valencianas. De este modo, se equipara la competencia lingüística en ambas lenguas oficiales para la atención al ciudadano y de tramitación administrativa por parte del personal que ejerce la función pública.

Los grados de capacitación de cada cuerpo de funcionarios está consensuado. Las personas que concursen para opositar al nivel de funcionarios A1 y A2, es decir, altos funcionarios con estudios universitarios, deberán contar con un nivel C1 de valenciano; las personas aspirantes al grupo B funcionarial deberán tener un nivel B2 de valenciano; las que aspiren al subgrupo C1 deberán contar un nivel de capacitación de valenciano B2, y las del subgrupo C2, con un nivel de valenciano de B1. Finalmente, las personas que aspiren a una agrupación profesional funcionarial deberán contar con el certificado A2 de valenciano.

Calendario de implantación

Se prevé que este decreto entre en vigor durante el primer semestre de 2023. Las posibles oposiciones para acceder a los grupos funcionariales de las categorías de los grupos B, C1, C2 y agrupación profesional funcionarial que se convoquen una vez publicado este decreto en el DOGV ya contemplarán el requisito lingüístico necesario en cada categoría.

Para los grupos de altos funcionarios A1 y A2, habrá un periodo transitorio y el requisito de nivel C1 de capacitación en valenciano se requerirá a partir de las convocatorias de oposiciones que se desprendan de la oferta pública de empleo del año 2025. Hasta ese momento, para aspirar a plazas de esta categoría, se les requerirá un nivel B2 de valenciano.

Decreto que regula la acreditación de nivel de valenciano en el sistema educativo

En paralelo, la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte desplegará el decreto que regulará el reconocimiento de la competencia lingüística de valenciano para la homologación de los estudios en el sistema educativo valenciano. La previsión de su entrada en vigor también está fijada durante el primer semestre de 2023.

Cabe recordar que en el Programa de educación plurilingüe e intercultural establecido en el sistema educativo valenciano se contempla este despliegue en paralelo de las competencias de nivel de valenciano del alumnado al acabar los estudios obligatorios y postobligatorios.

La normativa determinará que el alumnado que finalice la ESO cuente con un nivel B1 de valenciano, y que el alumnado que finalice el Bachillerato tendrá acreditado un nivel B2 de valenciano.

Cuando el decreto entre en vigor, el alumnado que haya superado alguna de estas etapas educativas contará con las pertinentes acreditaciones en competencias de valenciano. Además, tendrá un carácter retroactivo para todo el alumnado de cursos anteriores que hayan cursado estos estudios y las acreditaciones se podrán solicitar a través de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià.

Asimismo, en el caso de Bachillerato, el alumnado que supere la materia de valenciano con al menos un 7 de puntuación en cada curso de esta etapa contará con el nivel C1 de valenciano al finalizar esta etapa educativa. En este caso, podrá contar con este nivel de acreditación el alumnado que haya cursado Bachillerato desde el curso 2021-22.

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