Defender las categorías deportivas femeninas también es coeducar
La incorporación de deportistas transgénero a las tradicionales categorías deportivas masculina y femenina es ya un hecho en numerosas modalidades deportivas, tanto en sus federaciones nacionales como internacionales, y parece ser una tendencia que en poco tiempo podría ser la norma en todos los deportes y competiciones, independientemente del nivel.
Si bien es cierto que todas las personas deben tener derecho no solo a practicar ejercicio físico y deporte, sino también a participar en competiciones deportivas, la cuestión de fondo es si tienen derecho a hacerlo en las categorías que elijan por criterio de identidad.
Siendo la inclusión de deportistas «trans» en las categorías convencionales, masculina y femenina, una cuestión polémica, el asunto de la participación de atletas autoidentificados mujeres es, sin embargo, el que mayor discusión provoca. Las ventajas anatómicas y fisiológicas de los varones frente a las mujeres son evidentes incluso en edades tempranas.
Las ventajas anatómicas y fisiológicas de los varones frente a las mujeres son evidentes incluso en edades tempranas
Esta mayor capacidad física es notoria al observar las mejores marcas de todos los tiempos en las categorías masculina y femenina para la misma modalidad deportiva, y es explicada por las Ciencias Naturales, que acuerdan que uno de los principales factores que determinan esas diferencias es la distinta cantidad de testosterona presente en varones y en mujeres, especialmente a partir de la pubertad.
La Ciencia también indica que los varones que se perciben mujeres y que se han sometido a tratamientos hormonales cruzados siguen, tras tres años de terapia hormonal, presentando valores más elevados de fuerza muscular, capacidad física de la que parten todas las manifestaciones de la motricidad humana (resistencia, velocidad, amplitud)[1].
Esta evidencia es la base fundamental sobre la que se asientan los posicionamientos contrarios a la participación de varones biológicos autoidentificados como mujeres en categorías femeninas, pues se considera que se vulnera el fundamento deportivo de juego limpio e igualdad de oportunidades.
De igual manera, las mujeres autoidentificadas como hombres inician procesos médico-quirúrgicos de masculinización que comporta, entre otros, someterse a terapias hormonales inversas: supresión de la segregación de estrógenos y administración de testosterona.
No obstante, según distintos artículos científicos y la evidencia que se desprende de los casos existentes, a pesar del suministro de esta hormona, las mujeres autoidentificadas como hombres, aunque mejoran sus marcas, no alcanzan el rendimiento físico de los varones. Este hecho explica por qué las decisiones relativas a la “inclusión de las personas trans” en categorías femeninas y masculinas en base a su género sentido y no a su sexo biológico, no pone en riesgo la competición justa en categorías masculinas.
En contra de los argumentos científicos, la mayor parte de los discursos a favor de la incorporación de personas “trans” en las categorías deportivas que deseen se basan en apelaciones directas a la emoción, tales como el sufrimiento que experimentan por no poder competir en las categorías con las que se sienten identificadas o a la confusión deliberada entre la situación de deportistas “trans” y deportistas intersexuales[2]. Estos argumentarios nunca tienen en cuenta el daño y la pérdida de oportunidades que sufren las mujeres y las niñas que compiten, ni la posible influencia sobre las futuras generaciones de atletas femeninas.
La mayor parte de los discursos a favor de la incorporación de personas “trans” en las categorías deportivas que deseen se basan en apelaciones directas a la emoción
A pesar de lo que mucha gente piensa, la gestión a martillazos que se está haciendo de este asunto no es la única solución al problema, y mucho menos la mejor. En el ámbito de la discapacidad se viene trabajando al respecto desde hace casi un siglo con el fin de que los y las deportistas con discapacidad puedan competir en condiciones de igualdad de oportunidades para ganar.
Para empezar, es importante señalar que no todas las personas con discapacidad pueden competir a nivel nacional o internacional, pues existen deficiencias que no son elegibles y que dependen de cada modalidad deportiva. Las deficiencias elegibles son aquellas que producen en los y las deportistas una desventaja competitiva, es decir, están basadas en la realidad material corporal de cada persona y no se tienen en cuenta las condiciones personales (maternidad, nivel de ingresos) ni ambientales (transporte, equipamiento, recursos) que puedan influir en el rendimiento. Este tipo de selección no cuestiona que exista una discapacidad, sino que la deficiencia que provoca la discapacidad no es la mínima para competir en esa modalidad. Son las reglas de ese deporte.
Además, aunque en un principio las clasificaciones deportivas en el deporte paralímpico estaban fundadas en el tipo de deficiencia (por ejemplo, categorías para personas amputadas, ciegas o con parálisis cerebral, entre otras), desde 1992 se comenzó a estudiar la instauración de clasificaciones deportivas con base en la funcionalidad y no en el tipo de deficiencia, lo que permite en la actualidad que deportistas con distintas corporalidades compitan en la misma prueba según las habilidades motrices específicas requeridas en esa modalidad deportiva y las limitaciones que la deficiencia les provoca.
Dicho de otra forma, si dos personas tienen deficiencias distintas pero les provocan limitaciones similares en esa actividad, entonces pueden competir en la misma categoría. Estos nuevos sistemas siguen en todo momento la evidencia que la Ciencia les aporta y están en continua revisión y actualización. Como consecuencia de este interés por la igualdad de oportunidades, existen sistemas de clasificación distintos en cada deporte que establecen la clase en la que alguien debe competir. Para asegurar la igualdad, todo deportista pasa por evaluaciones llevadas a cabo por equipos expertos de clasificación.
Este complejo sistema de clasificación y estructura del deporte paralímpico demuestra que existe una preocupación por el juego limpio y la igualdad y que las instituciones deportivas internacionales tienen los recursos para articular los medios necesarios con el fin de que el derecho a competir no se traduzca en una ventaja de un grupo de deportistas sobre el resto de atletas.
Las deportistas y profesionales del ámbito de las Ciencias del Deporte que nos negamos a la inclusión basada en la identidad no rechazamos el derecho a la competición de ninguna persona, pero exigimos un sistema que respete y trabaje por los derechos de TODAS. El deporte de competición como transmisor de valores no es inocuo y, por tanto, constituye un instrumento formativo que influye en los individuos y que permea desde los grandes eventos deportivos hasta los patios y gimnasios de las escuelas.
Las deportistas y profesionales del ámbito de las Ciencias del Deporte que nos negamos a la inclusión basada en la identidad no rechazamos el derecho a la competición de ninguna persona, pero exigimos un sistema que respete y trabaje por los derechos de TODAS
El interés y preocupación por el juego limpio y la igualdad de oportunidades en el deporte de las personas con discapacidad se echa en falta cuando se trata del deporte femenino.
El Comité Olímpico Internacional, que asegura sentirse preocupado por garantizar la equidad, la inclusión y la no discriminación por motivos de identidad de género y variaciones sexuales, sabe que el enfoque que está adoptando conculca los derechos de las mujeres. Reconoce abiertamente que el problema de la participación en categorías femeninas o masculinas con base en la identidad sentida sólo afecta a las mujeres, pero no se atreve a adoptar una medida justa al respecto, dejando que sean las federaciones u organismos competentes en cada deporte los que garanticen que ningún deportista tenga una ventaja injusta y desproporcionada sobre el resto.
Pero, ¿cómo se mide esa ventaja desproporcionada? ¿Cuántos metros, segundos, centímetros, goles de ventaja son necesarios para establecer que existe desproporción?
El COI reconoce abiertamente que el problema de la participación en categorías femeninas o masculinas con base en la identidad sentida sólo afecta a las mujeres
Las diferencias fisiológicas y anatómicas entre hombres y mujeres no son sentidas, como decíamos al principio del artículo, son evidentes y reales. Si un hombre que se autopercibe mujer gana por una centésima de segundo a una atleta, ¿diríamos que la ventaja es injusta o desproporcionada?
La injusticia que estamos denunciando que se comete al incluir a hombres en categorías femeninas no cambia en función del resultado de la competición porque el hecho de que un varón entre en las categorías femeninas puede suponer que la primera mujer pierda su récord[3], que la tercera no suba al podio, que otra no entre en la final[4] o en las series, que pierdan becas o que algunas dejen la competición. Por tanto, no es una ventaja desproporcionada, es una ventaja injusta[5].
La injusticia que estamos denunciando que se comete al incluir a hombres en categorías femeninas no cambia en función del resultado de la competición
El “Más lejos, más rápido, más fuerte” de los JJ.OO es una máxima de la que participa toda la práctica deportiva de competición y tiene sentido en la medida en la que existen categorías objetivas que agrupan a quienes toman parte de ella. La edad, el peso (en algunos deportes), la funcionalidad, el nivel de rendimiento y sobre todo el sexo de las y los deportistas son fundamentales para garantizar una competición justa, basada en la evidencia y en la verdad.
Obligar a las mujeres a competir con varones que se perciben mujeres tiene un mensaje claro sobre niñas, adolescentes y adultas y es cualquier cosa menos un mensaje de respeto y apoyo al deporte femenino.
Pocas niñas y mujeres se sentirán valiosas y competentes si sus intereses no se defienden ni respetan y sus aspiraciones dependen de que no haya personas “trans” en sus competiciones. Ninguna se sentirá motivada para la práctica deportiva si siempre que haya un varón se quedan sin opciones de alcanzar sus objetivos deportivos.
Coaccionar a niñas y adolescentes a compartir espacios como baños y vestuarios con varones autodeterminados mujeres vulnera su derecho a la privacidad y a la seguridad. Obligarlas a cambiarse de ropa junto a sus compañeros varones en pos de un supuesto derecho a elegir el sexo al que se pertenece, las desprotege y las vuelve vulnerables; adoctrinarlas para que nieguen la realidad que observan con sus propios ojos, que el sexo es binario y empírico, las deja indefensas ante futuras agresiones y las expone a sufrirlas en el presente.
A las mujeres deportistas de todas las edades, categorías y en todos los contextos (educativo, amateur o profesional), se les exige que renuncien a sus derechos para proteger los sentimientos y deseos de algunos hombres obviando los propios y legítimos. Esto también educa, y lo hace incluso peor de lo que se ha venido haciendo a lo largo de la historia de la humanidad.
Al tener que aceptar que algunos hombres también son mujeres (si así lo desean), no solo se niega a las mujeres su condición de ciudadanas depositarias de derechos, sino que se reconceptualiza su realidad material, se da la espalda a sus necesidades y se les arrebatan los derechos que con su lucha (el feminismo) han conquistado.
Una educación física coeducativa persigue relaciones justas entre niñas y niños basadas en la igualdad y necesita de referentes que puedan incentivar a las niñas y adolescentes a crear hábitos deportivos o a orientarse profesionalmente hacia el deporte o las profesiones relacionadas con él (entrenadoras, readaptadoras, educadoras físicas, preparadoras físicas).
Según el informe que publica anualmente el Consejo Superior de Deportes, las niñas abandonan la práctica deportiva en mayor porcentaje que los niños al llegar a la adolescencia. Si las categorías femeninas no se defienden es probable que a las ya pocas niñas y jóvenes que conserven aspiraciones deportivas no les queden ganas de seguir enfrentando obstáculos, algunos insalvables, pues a nadie le gusta jugar a aquello a lo que siempre pierde.
Nosotras, las mujeres, hemos luchado y conquistado el derecho a practicar deporte, a participar en competiciones y a profesionalizar nuestra experiencia deportiva. Casi 300 años de lucha para que nos sean reconocidos todos los derechos que como ciudadanas nos corresponden y más de cien desde que incorporamos los derechos deportivos a nuestras vindicaciones nos permiten diferenciar entre quien lucha por conseguir un derecho, quien pretende dificultar que lo consigamos y quien busca despojarnos del mismo.
En consecuencia, las coeducadoras feministas defendemos la preservación de las categorías basadas en el sexo, especialmente las femeninas, restringiéndolas a niñas y mujeres. Además, proponemos una categoría abierta para los hombres, que incluya a los intersexuales (poseedores del gen SRY) y a todas las personas que, según las políticas de identidad de género, tengan legalmente reconocido un sexo diferente al biológico.
- Ruth Cabeza Ruiz e Imma Ruiz Cerezo son profesoras integrantes de DoFemCO
[1] Testosterone and Beyond: The Male Advantage in Sports
[2] Es necesario precisar que las personas intersexuales no pertenecen a un tercer sexo. El sexo es binario. Por una educación basada en el rigor científico.