Cataluña recurre la suspensión del decreto que sitúa al catalán como lengua vehicular
Así lo ha confirmado el Govern en un comunicado, en el que se ha mostrado «plenamente convencido de la legalidad del decreto» que el TSJC suspendió el pasado 3 de julio. El ejecutivo catalán en funciones había aprobado el pasado mes de mayo el decreto para «fortalecer el modelo de escuela catalana» y dar cobertura jurídica a los centros educativos en la ejecución de sus planes lingüísticos. La entidad Asamblea por Una Escuela Bilingüe, que lucha por aumentar la presencia de la lengua castellana en el ámbito educativo, recurrió el Decreto, lo que fue admitido a trámite a principios de junio y que suspendió la sala de lo contencioso 5 de Barcelona del TSJC.
El Govern argumenta que no existen motivos para dictar medidas cautelares de suspensión porque el decreto no supone un daño «real y efectivo respecto al alumnado catalán» y que «no se ha aportado justificación alguna a tal efecto». El recurso del Govern también señala al TSJC que la adopción de medidas cautelares «debe ser especialmente restrictiva a la hora de suspender disposiciones de carácter general, como la norma impugnada, que despliega normas vigentes como la Ley de Educación de Cataluña, el Decreto Ley 6/2022 o la Ley 8/2022». En este sentido, el Govern asegura que «la suspensión cautelar no supone ningún problema respecto a la revisión de los proyectos lingüísticos de los centros», que es «un procedimiento recogido en el Decreto Ley 6/2022 y que el Departamento de Educación seguirá llevando a cabo, como queda reflejado en los documentos de gestión de centro que contienen las instrucciones pedagógicas de inicio del curso 2024-25».
Por último, el Ejecutivo catalán también se manifiesta contrario, en su recurso, a la suspensión cautelar del decreto en su totalidad, e indica que «las medidas cautelares se hubieran podido limitar a los artículos donde el tribunal apreciara vulneraciones de derechos». En el auto del pasado 5 de julio, el juez del TSJC observó «visos de lesión en los derechos fundamentales (…) a recibir enseñanza en lengua castellana, en tanto que en el desarrollo reglamentario del decreto configura un sistema de educación gratuita único, donde solo se contempla el catalán, o en su caso el aranés, como lenguas normalmente vehiculares y de aprendizaje». En este sentido, rechazó que en el decreto no se fije «una garantía mínima del uso de dicha lengua vehicular más allá de la enseñanza de la asignatura de lengua y literatura castellana».