La Justicia suspende el decreto que sitúa el catalán como lengua vehicular en la escuela
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha declarado la suspensión de la vigencia del decreto 91/2024, de 14 de mayo aprobado por el Govern, que regula el régimen lingüístico del sistema educativo no universitario y que sitúa al catalán como lengua vehicular en las escuelas e institutos.
La entidad Asamblea por Una Escuela Bilingüe, que lucha por aumentar la presencia de la lengua castellana en el ámbito educativo, recurrió el Decreto, lo que fue admitido a trámite a principios de junio y que ha suspendido la sala de lo contencioso 5 de Barcelona del TSJC, presidida por el juez Javier Aguayo Mejía.
El Decreto suspendido establece el régimen lingüístico del sistema educativo no universitario mediante la regulación del uso y la enseñanza de las lenguas, del desarrollo del proyecto lingüístico de los centros educativos y la regulación del conocimiento y la utilización de las lenguas por parte del personal docente y no docente.
El decreto surgió tras la constatación de que ha habido un retroceso en los usos lingüísticos del catalán durante los últimos años, tanto en el ámbito educativo como social en general.
El pasado 14 de mayo, el Govern en funciones aprobó el Decreto del régimen lingüístico del sistema educativo, ahora suspendido, con el fin de fortalecer el modelo de escuela catalana y también de dar seguridad jurídica a los centros educativos.
En este sentido, el texto suspendido fija que el catalán es la lengua «normalmente utilizada» como vehicular y de aprendizaje y establece que el Departamento de Educación validará el proyecto lingüístico de cada centro y asumirá su responsabilidad sobre su legalidad.
En el auto, fechado el pasado 3 de julio, el juez observa «visos de lesión en los derechos fundamentales, más allá de cuestiones de legalidad ordinaria, en su vertiente del derecho, a recibir enseñanza en lengua castellana, en tanto que el desarrollo reglamentario del decreto configura un sistema de educación gratuita único, donde solo se contempla el catalán, o en su caso el aranés, como lenguas normalmente vehiculares y de aprendizaje».
En este sentido, rechaza que el Decreto esté «apoderando a los proyectos lingüísticos a que determinen la presencia del castellano en cada centro escolar», sin que se fije «una garantía mínima del uso de dicha lengua vehicular más allá de la impartición de la asignatura de lengua y literatura castellana».
El juez también señala que la regulación legal catalana de 2022, que constituye el marco de desarrollo del Decreto suspendido, «ha sido cuestionada ante la jurisdicción constitucional por no garantizar una presencia mínima del castellano en la enseñanza» y que «ha sido admitida a trámite por el pleno del Tribunal Constitucional».
Asimismo, reprocha que la normativa examinada, en su desarrollo, no confiere carácter de lengua vehicular en la enseñanza al castellano.
Así, el juez también ve la norma «lesiva para los derechos individuales de determinados alumnos y alumnas, por el apoderamiento que se realiza a los proyectos lingüísticos de cada centro educativo para configurar un sistema de enseñanza sin presencia adecuada de la lengua castellana».
El auto añade que «no corresponde en esta pieza, ni en el ámbito de un proceso especial de derechos fundamentales, realizar un juicio, desde el punto de vista de la técnica normativa, sobre una nueva norma reglamentaria, aprobada por un gobierno en funciones».
El Decreto suspendido se aprobó para «fortalecer el modelo de escuela catalana» y dotar a la comunidad educativa de un marco normativo que desarrolla los principios de la Ley de Educación de Cataluña, que no había sido objeto de un despliegue reglamentario.
La norma suspendida establece que será el Departamento de Educación quien validará el proyecto de cada centro y quien «asumirá la responsabilidad» sobre la legalidad en todos los casos.
Según el decreto suspendido, el catalán es «la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje del sistema educativo», de acuerdo con «criterios simplemente pedagógicos» y en la acogida del alumnado recién llegado, y el aranés para los centros de Arán.
También indica que el catalán es vehicular en las actividades educativas, incluidas las complementarias, las extraescolares y los servicios educativos, las comunicaciones internas del centro y en las de proyección externa y de relación con el resto de la comunidad educativa, según el texto de la norma suspendida.
El Decreto asimismo indica la competencia lingüística del alumnado y del personal docente.
Por ello, establece que el personal docente de centros educativos de enseñanza no universitaria debe acreditar el conocimiento superior (C2), oral y escrito, de la lengua catalana y del aranés, en Arán, por lo que establece como requerimiento el nivel de C2 de catalán para acceder a la docencia a partir del curso 2025-26.
La consellera de Educación de la Generalitat de Cataluña, Anna Simó, ha afirmado que el auto que suspende el decreto que regula el régimen lingüístico en escuelas e institutos lo han dictado jueces del TSJC que «se extralimitan en sus funciones».
En declaraciones a los medios de comunicación, la consellera ha afirmado que, ante el auto de la sala de lo contencioso 5 de Barcelona del TSJC, la Generalitat presentará «un recurso de reposición» en el que «refutarán» los argumentos esgrimidos en un auto «trufado de apreciaciones extrajudiciales».
La responsable de la educación catalana ha afirmado que el auto «no es una cuestión nueva» porque «hay jueces del TSJC que, pese a no tener las funciones legislativas ni ejecutivas, tienen que decir cómo organizar el sistema lingüístico del sistema educativo».
Tras conocer el auto de suspensión del Decreto, la consellera ha afirmado que la suspensión «tendrá afectación» en los centros que «debían adaptar sus proyectos lingüísticos el próximo curso 2024-25».
«Tenemos al mirada puesta en el Tribunal Constitucional», que deberá pronunciarse, a instancias del TSJC, sobre la constitucionalidad de la legislación catalana de 2022 en materia lingüística y educativa, que «estamos convencidos que es impecable desde el punto de vista jurídico y de las competencias», ha afirmado la consellera.
Anna Simó ha añadido que el TC «deberá decidir si da la razón a unos jueces altamente politizados que se extralimitan en sus funciones» o «si se la da a una mayoría de la sociedad catalana y de las formaciones políticas que forman parte del Parlament».
«No hay ninguna razón para la suspensión del decreto» que «se basa en un despliegue de la Ley de Educación de Cataluña» y en la «normativa aprobada por el Govern y el Parlament» para hacer frente a la «idea peregrina de que el 25 % de las materias se tiene que impartir en castellano», ha añadido la consellera.
El PP ha celebrado este viernes la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) «eche abajo el régimen de imposición lingüística del independentismo», en referencia a la suspensión del decreto que sitúa al catalán como lengua vehicular en las escuelas e institutos catalanes.
En un comunicado, el portavoz del PP en el Parlament, Juan Fernández, ha afirmado que «la democracia ha frenado el nuevo intento de los partidos separatistas de marginar al castellano en las aulas».
«La decisión de la justicia es el reflejo de que nuestro sistema democrático, sustentado en la separación de poderes, prevalece», ha sostenido.
Fernández ha acusado a los partidos independentistas de haber convertido el catalán en «un arma política con la intención de imponer su forma de pensar» y hacer que se perciba como una «lengua antipática».
Para el portavoz popular, el decreto «es una clara intromisión en la vida de los alumnos y una regresión a la libertad de elegir la lengua en la cual cada uno puede decidir expresarse», ha asegurado.
La vicesecretaria de Sanidad y Educación del PP, Ester Muñoz, ha denunciado, por su parte, que el decreto suspendido por el TSJC permitía a la Generalitat mantener el catalán como lengua vehicular garantizada «haciendo caso omiso a diferentes sentencias del TSJC, el Tribunal Supremo y el Constitucional, que exigen que el español tenga la misma consideración».
A su juicio, la decisión del TSJC evidencia que el acuerdo entre el Ministerio y la Conselleria de Educación «recogido en el plan de trabajo de legislatura de diciembre de 2023 no alcanza a comprobar y velar por el cumplimiento de las sentencias y la doctrina constitucional para garantizar la educación en castellano».
Por ello, la dirigente del PP afirma que «el Gobierno de Pedro Sánchez ha abandonado a los alumnos en la defensa de su derecho constitucional a utilizar el castellano como lengua vehicular en la educación».
A su juicio, el Ejecutivo no ha adoptado tampoco las medidas correctoras del dictamen de 2024 de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo del 19 de marzo, sobre el incumplimiento de las sentencias judiciales.