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Las organizaciones de infancia piden garantías para los menores no acompañados en los traslados de Canarias

La Plataforma de Infancia, red que agrupa a más de 70 organizaciones de infancia, muestra su "preocupación por la saturación del sistema de protección de Canarias, que no permite garantizar los derechos de la infancia no acompañada", por lo valora "positivamente" que se esté trabajando en la búsqueda de soluciones "basadas en la solidaridad y en las responsabilidades compartidas" entre las diferentes comunidades autónomas y la Administración General del Estado.
RedacciónMartes, 9 de julio de 2024
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La ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, junto al secretario de Estado, Rubén Pérez.

Durante los últimos años, Canarias ha experimentado un incremento significativo de llegadas de infancia migrante no acompañada. A 25 de junio de 2024, las cifras ascienden a 5.645 niñas, niños y adolescentes migrantes, una cantidad de casos comparable al total de medidas de protección adoptadas a nivel estatal para la infancia migrante no acompañada en todo 2022, que fueron 5.868. Además, de acuerdo con entrevistas realizas por Acnur a niños no acompañados, se ha identificado un número considerable de casos que podrían encontrarse en necesidad de protección internacional entre los que hay niños que han huido de conflictos armados como Mali, que han sufrido «violaciones de derechos humanos, violencia sexual y de género, mutilación genital femenina, matrimonio forzoso y precoz, reclutamiento forzoso o que pertenecen al colectivo Lgbtiq», según la Plataforma.

Esta organización afirma que «estamos ante una situación de emergencia que requiere la adopción de medidas urgentes y excepcionales, pero la respuesta ha de ir de la mano de un fortalecimiento de los sistemas de protección de manera estructural, trabajando en la prevención y en la capacidad de responder con celeridad ante situaciones de emergencia, garantizando la calidad de los recursos en todo el territorio de manera equitativa y corresponsable». Por ello, las organizaciones de infancia piden que «las soluciones que se exploren puedan ser aplicadas en cualquier territorio receptor de infancia no acompañada, así como contemplar acciones de contingencia que permitan mitigar los efectos de los picos migratorios en la acogida y protección de niños, niñas y adolescentes».

En este sentido, la reforma de la Ley de Extranjería, en la que se está trabajando y que se va a debatir el próximo miércoles en la Conferencia Sectorial de Infancia, debe «ser capaz de dotar al sistema de la agilidad y eficacia necesarias, sin un menoscabo de los derechos de estas niñas y niños y del principio de no discriminación». Esta reforma plantea «ciertas incógnitas ya que supone un cambio radical sobre el actual sistema competencial, no afectando exclusivamente a la Ley de Extranjería», añade la Plataforma. Por otro lado, el texto deja algunas «cuestiones abiertas que deberían ser concretadas en la propia reforma y no remitirse a otros instrumentos, como protocolos, que generan inseguridad jurídica y no permiten hacer un seguimiento».

Las organizaciones de infancia consideran que «se deben reforzar las garantías jurídicas en la fase previa a los traslados desde la llegada para que ninguna niña o niño se encuentre en situación de desprotección». En este sentido, es especialmente importante para las entidades de infancia:

  • La presunción de minoría de edad y el beneficio de duda a favor del niño o la niña en todo momento.
  • La constitución de la guarda provisional para todos los niños y niñas no acompañados y el ingreso inmediato en un recurso residencial del sistema de protección, pudiendo participar de las actividades previstas para el resto de niños y niñas tutelados.
  • La asignación previa y ágil de asistencia letrada, en tanto en cuanto no se adoptan las medidas de protección oportunas de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico (declaración de desamparo y tutela), para la defensa de sus intereses y para garantizar el derecho de estos niños y niñas a ser escuchados en todas las decisiones que se tomen, incluida la decisión de a qué Comunidad Autónoma van a ser trasladados.
  • La realización de una evaluación preliminar de las necesidades de cada niño y niña, previa al traslado para identificar posibles riesgos y necesidades a considerar en esa primera fase, de cara a su asistencia, protección, así como a la decisión y elección del lugar del traslado. Es especialmente importante la identificación de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en necesidad de protección internacional.
  • La garantía de que la declaración de desamparo y constitución de la tutela no podrá exceder los 30 días desde la entrada en el territorio, independientemente de que el niño o la niña vaya a ser trasladado a otra comunidades autónoma o no.
  • Por último, es esencial que el órgano competente de la Administración General del Estado que decidirá sobre los traslados sea una administración cuya misión sea velar por los derechos de la infancia, por encima de cualquier otro interés, como el control de fronteras o la gestión de flujos migratorios.

La Plataforma de Infancia pide que «se siga trabajando para llegar a una solución que, basada en la solidaridad interterritorial y las responsabilidades compartidas, ponga el interés superior de los niños y las niñas en el centro».

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