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Firmado el acuerdo de jubilación parcial de la enseñanza concertada, que beneficiará a unos 400 profesionales

La Consellería de Educación y las organizaciones empresariales y sindicales de la enseñanza concertada firman este acuerdo que se aplicará a partir de septiembre.
Redacción-comunidadesMiércoles, 28 de agosto de 2024
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El director general de Centros e Recursos Humanos, Jesús Álvarez, ha firmado con las organizaciones empresariales y sindicales de la enseñanza concertada el acuerdo de jubilación parcial de los docentes de la enseñanza concertada. A través de él se estipulan las condiciones de jubilación parcial y que implicará la contratación de nuevos docentes. Esta medida, que comenzará a aplicarse en septiembre, estima que podrá beneficiar a unos 400 profesionales de la enseñanza.

Este acuerdo, que fue aprobado a principios de mes en el Consejo de la Xunta, fue firmado por las organizaciones sindicales FSIE, USO, UGT y CCOO, así como por las patronales CECE Galicia, Escuelas Católicas y ACES Galicia.

El Gobierno gallego financiará con cinco millones de euros la puesta en marcha de las medidas que favorezcan este proceso para aquellos profesionales que cumplan con los requisitos exigidos. De este modo, la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e FP asumirá las retribuciones y las cotizaciones a la Seguridad Social derivadas de este acuerdo hasta la fecha en la que las personas jubiladas parcialmente consigan la edad legal para acceder a la jubilación total. Con este acuerdo se busca «facilitar y establecer las condiciones para el acceso a la jubilación parcial del profesorado de centros docentes concertados de Galicia mediante la celebración simultánea de contratos de relieve», señaló el representante de Educación.

Requisitos

Entre los requisitos a cumplir para acceder esta jubilación parcial, el personal docente  debe estar vinculado por un contrato de trabajo de duración indefinida y jornada completa, incluido en el régimen de pago delegado con una antigüedad mínima de seis años en el momento de iniciarse la jubilación parcial. También se podrán beneficiar de la medida las personas cooperativistas que cumplan dicho requisitos. El periodo mínimo de duración de la jubilación será de un año y la reducción de la jornada laboral durante toda la jubilación parcial del profesorado estará comprendida entre un mínimo de 25% y un máximo del 50%.

En el caso del profesorado contratado en relevo, se establece como un criterio preferencial que la persona candidata esté incluida en la bolsa de recolocación creada por un acuerdo firmado en junio del año pasado entre la Consellería de Educación y las organizaciones empresariales y sindicales de la enseñanza privada concertada de Galicia con el fin de incentivar la recolocación del profesorado.

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