Anulan resoluciones que impedían a alumnos de centros privados acceder a ayudas Erasmus+
A instancias de Escuelas Católicas de Andalucía (ECA), el alto tribunal ha anulado dos resoluciones administrativas al entender que vulneraban la igualdad y el derecho a la educación del alumnado de centros privados concertados. La sentencia, de la que ha informado en un comunicado ECA, deja sin efecto la orden de octubre de 2023 que determina el importe, para el curso 2023/2024, de lo que aporta la Junta al fomento de la movilidad académica europea en el programa Erasmus+ de los alumnos de centros docentes públicos de Andalucía. Hace lo mismo con el acuerdo del Consejo de Gobierno de mayo de 2017 que autorizó las aportaciones para el mismo objetivo de fomentar la movilidad europea del alumnado matriculados en ciclos formativos de grado superior de centros públicos.
Según ECA, la decisión judicial reconoce que la exclusión de casi 7.000 alumnos que cursan sus estudios de Formación Profesional en centros privados concertados constituye una discriminación «injustificada y contraria a los principios constitucionales». Escuelas Católicas de Andalucía ha reiterado que toda persona tiene el derecho a acceder a una educación de calidad en condiciones de igualdad, sin importar la titularidad del centro donde cursa sus estudios. Han añadido además que el fallo del TSJA corrige una «injusticia» generada por la propia administración y han interpretado que envía un mensaje claro de que las políticas educativas deben garantizar un trato equitativo a todo el alumnado del sistema educativo público andaluz.
Para Escuelas Católicas de Andalucía, la decisión judicial representa un hito en la lucha contra la discriminación en el ámbito educativo y sienta las bases para que futuras medidas administrativas se formulen en consonancia con los derechos y garantías establecidos en la Constitución.
Los alumnos con títulos de bachillerato expedidos por sistemas educativos extranjeros podrán solicitar hasta el próximo 19 de marzo uno de los grados que impartirán para el curso 2025/2026 las nueve universidades públicas andaluzas que ofertan este tipo de estudios en Andalucía. La Consejería de Universidad, Investigación e Innovación ha publicado este lunes en el BOJA el citado acuerdo alcanzado por la Comisión del Distrito Único Universitario, ha informado en un comunicado.
El acceso de estos estudiantes internacionales suele desarrollarse con antelación respecto al proceso que se sigue con carácter general para el conjunto del alumnado, con el fin de que estos jóvenes puedan conocer cuanto antes su admisión para poder gestionar la documentación requerida (tramitación del visado) y proceder a su traslado a las instituciones académicas andaluzas. Una vez cerrado el proceso se procederá a evaluar las solicitudes presentadas para, posteriormente, publicar la primera lista de adjudicados el 4 de abril. Los interesados que no hayan obtenido plaza en esta primera lista deberán esperar a la segunda, que se hará pública el 30 de abril.
En esta fase de extranjeros, cada universidad pública establece su cupo de grados y plazas a ofertar en cada curso académico, que se ajustará posteriormente a lo demandado por este tipo de estudiantado. No obstante, este alumnado tiene la posibilidad de concurrir después y en los plazos establecidos a las fases ordinarias y extraordinarias en condiciones de igualdad con el resto del alumnado, tanto andaluces como del conjunto del país.
Los alumnos que deseen acceder a uno de los grados oficiales incluidos en el catálogo de estudios de estas instituciones deberán estar en posesión de títulos o diplomas que estén homologados o declarados equivalentes al título de bachiller español obtenido o realizado en sistemas educativos de países extranjeros que no sean miembros de la Unión Europea con los que no se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables en materia de acceso a la universidad en régimen de reciprocidad. Dichos títulos tendrán que ser, además, distintos del de bachillerato europeo o del bachillerato internacional.
Asimismo, han de contar, para los respectivos grados que soliciten, con una calificación académica que sea igual o superior a la menor de las notas de bachillerato acreditadas por las personas procedentes de centros educativos de Andalucía y matriculadas en esa carrera o igual o superior a la nota de corte establecida para esa enseñanza en el curso 2024-25.