El Gobierno obliga a regular el uso supervisado de ordenadores y tabletas en los colegios
El uso de dispositivos se regulará por parte de los propios centros, de acuerdo con las disposiciones que al efecto hayan aprobado las administraciones educativas.
El nuevo proyecto de ley aprobado este martes por el Consejo de Ministros y que ahora tendrá que ser tramitado en el Congreso obligará a regular el uso didáctico de los ordenadores y tabletas en las aulas acorde con la edad del alumnado y teniendo en cuenta las competencias digitales que deben alcanzar en cada etapa y que marca la ley de Educación (Lomloe). Desde el primer ciclo de Infantil, de 0 a 3 años, hasta la ESO y Bachillerato el uso didáctico de los dispositivos digitales debe ser regulado por las comunidades autónomas y los centros educativos a través de sus planes de convivencia y digitalización. En este sentido, la ley garantiza ciclos formativos y de alfabetización digital en todos los cursos.
El uso de dispositivos en Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria, Secundaria postobligatoria y Educación Especial se regulará por parte de los propios centros, de acuerdo con las disposiciones que al efecto hayan aprobado las administraciones educativas, recalcan fuentes del Gobierno. Este proyecto de ley se ha elaborado tras recabar 23 informes de organismos públicos y privados y de la Comisión Europea y según el ministro de la Presidencia, Féliz Bolaños, es «riguroso y exhaustivo» ya que además se ha «hablado con la industria y el videojuego».
Entre los informes se encuentra el encargado por el Ministerio de Juventud e Infancia a un comité de 50 personas expertas independientes con el objetivo de diseñar una hoja de ruta que promueva entornos digitales seguros para niñas, niños y adolescentes. En el ámbito educativo, los expertos han diferenciado entre los dispositivos de uso privado del alumnado (no permitidos en educación infantil y primaria, y limitados como herramientas pedagógicas en secundaria) y los de los propios centros. En estos últimos, se planteó la revisión contrastada de las aplicaciones, la eliminación de los sistemas de gratificación inmediata o el establecimiento de límites por edad, entre otros.
Para la ONG Educo, el proyecto de ley es «un avance significativo en la protección de la infancia frente a los riesgos digitales». Una de las «principales fortalezas» es que introduce medidas de educación digital que «permitirán a los menores desarrollarse en línea de manera más segura y responsable», dice Educo. El texto contempla la alfabetización digital como un componente esencial, promoviendo que los niños y adolescentes puedan adquirir habilidades críticas para identificar riesgos, comprender los peligros del ciberacoso, y tener una navegación más informada y consciente.
«El fortalecimiento de la protección de datos es otro de los logros más relevantes, con la elevación de la edad mínima para el consentimiento del tratamiento de datos de 14 a 16 años, alineándose con las normativas internacionales de protección infantil. Esta medida es una barrera importante contra la explotación de la información personal de los niños, niñas y adolescentes», señala la ONG. Además, el proyecto de ley pone especial énfasis en la responsabilidad de las plataformas digitales, exigiéndoles que refuercen la protección en sus espacios virtuales. Esto incluye medidas específicas para evitar el acceso de menores a contenido inapropiado, y la obligación de contar con sistemas de verificación de edad que garanticen una navegación más segura.
El proyecto de ley aborda también el creciente problema de los deepfakes y otras manipulaciones digitales, especialmente cuando afectan a niños y niñas, y tipifica como delito su creación y distribución con fines dañinos. «Este tipo de medidas representan una respuesta adecuada frente a los nuevos desafíos de la era digital y son un claro ejemplo de cómo la legislación se adapta a las realidades tecnológicas actuales», afirma Educo.
Uno de los elementos más importantes para Educo es la «participación de los menores de edad en su propia seguridad en línea». Para ello, «es fundamental que reciban una formación continua y adaptada a su edad y que ellos también puedan identificar los riesgos y las oportunidades que brindan los entornos digitales». Este «enfoque participativo» es «fundamental para empoderar a los niños y adolescentes y permitirles gestionar de manera autónoma los riesgos a los que se enfrentan en internet».
Educo resalta la «necesidad de fomentar el pensamiento crítico en la infancia y adolescencia para el ejercicio de una ciudadanía digital de niños y adolescentes». El desarrollo del pensamiento crítico busca un aprendizaje que permita gestionar y contrastar la información, además de descubrir qué tipo de información se obtiene, qué consecuencias conlleva el manejo de determinadas aplicaciones o cuándo tiene o carece de veracidad el contenido informativo, así como distinguir el tipo de información al que se accede a partir de la plataforma que se utilice.
Aunque el proyecto de ley avanza en varios aspectos clave, Educo cree que «aún existen áreas que requieren más concreción para garantizar su efectividad». En primer lugar, aunque se prevé la formación de docentes y familias, sería necesario «asegurar que estos programas estén adecuadamente financiados y cuenten con los recursos necesarios para su implementación efectiva desde lo local hasta lo estatal», dice la ONG. Educo pide que esta formación «se garantice a los colectivos más vulnerables para no dejar a nadie atrás».
Por otro lado, Educo recuerda la «importancia del Coordinador de Bienestar y Protección» en los centros educativos teniendo en cuenta que su función principal es «promover los entornos protectores y fomentar la prevención». Pero para que sea una «figura efectiva en la gestión y mitigación de los riesgos del entorno digital, es imprescindible que tenga un perfil profesional adecuado, reciba una formación especializada y tenga disponibilidad de tiempo para poder ejecutar sus funciones».
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) defiende que el personal docente tenga «libertad de elección entre libros físicos y dispositivos electrónicos y lamenta que la imposición política perjudique a la educación del alumnado». El sindicato considera necesario un «debate serio y consensuado entre los profesionales de la educación donde prime la autonomía pedagógica y libertad de cátedra por encima de la imposición de un material educativo determinado». Es necesario lograr un «equilibrio entre medios tradicionales y tecnológicos, principalmente ante la ausencia de estudios claros en favor de uno u otro», dice el sindicato.
«La presión de las editoriales y empresas tecnológicas contribuye a aumentar las diferencias entre comunidades autónomas: mientras que en Cataluña se apuesta por la eliminación del libro físico, en la Comunidad de Madrid se opta por la prohibición del uso de pantallas», señala CSIF. En este sentido, defiende la «profesionalidad y autonomía» de los docentes y cree que «deben ser consultados antes de obligarles a utilizar uno de estos métodos de aprendizaje en sustitución del otro». La organización sindical defiende que estas medidas «no dependan exclusivamente de decisiones políticas sin el consenso de la comunidad educativa».
Comparativa con el proyecto de decreto de la Comunidad de Madrid
El anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales , promovido por el Gobierno de España, contiene varios puntos que contrastan o directamente se oponen al Proyecto de Decreto de la Comunidad de Madrid sobre el uso de pantallas en los centros educativos. A continuación te detallamos los principales puntos de fricción:
Prohibición vs. Regulación del uso de dispositivos
- Comunidad de Madrid: Establece una prohibición general del uso individual de dispositivos digitales en Infantil y Primaria y una fuerte limitación en Secundaria. Se prioriza el uso de papel, escritura a mano y memorización.
- Gobierno central: Defiende una regulación del uso, no una prohibición, y propone que cada centro regule el uso en función de las disposiciones de las administraciones educativas . Se busca un uso seguro y responsable , sin erradicarlo totalmente.
Choque de enfoques: prohibición vs. regulación flexible.
Fomento del desarrollo de la competencia digital
- Comunidad de Madrid: Limita mucho el tiempo de uso digital, incluso el compartido (por ejemplo, una hora a la semana en primeros cursos).
- Gobierno central: Aboga por el fomento activo de la competencia digital del alumno como parte de su inserción en la sociedad digital y su protección frente a riesgos.
Madrid opta por restringir, mientras el Gobierno central promueve el desarrollo digital con control y educación.
Enfoque sanitario y psicológico
- Ley estatal: Incluye medidas sanitarias, prevención de adicciones digitales, salud mental y atención especializada.
- Madrid: No incluye ninguna medida sanitaria ni de salud mental vinculada al uso de pantallas.
La norma estatal tiene una mirada integral e interdisciplinar; la autonómica es más centrada en la escuela y el aprendizaje clásico.
Participación de familias y alumnos
- Ley estatal: Promueve la participación de la infancia y las familias en el diseño de las medidas.
- Madrid: No prevé mecanismos de participación del alumnado o las familias en la regulación del uso digital.
El anteproyecto estatal incorpora un enfoque más democrático e inclusivo en la gobernanza digital.
Coherencia legal y jerarquía normativa
- El anteproyecto estatal se presenta como una ley orgánica, con carácter de norma básica del Estado en materia de igualdad y protección de derechos (art. 149.1 de la Constitución). Esto podría suponer que la norma autonómica tendría que ajustarse a ella una vez entre en vigor.
Podría haber conflictos de competencias si Madrid mantiene su enfoque prohibitivo frente a una ley estatal que opta por regular con flexibilidad.