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El Ministerio concreta las medidas para flexibilizar las prácticas de FP, enseñanzas artísticas y deportivas

El BOE de 21 de abril recoge en una orden ministerial las medidas de flexibilización de las fechas, forma y duración de la Formación en Centros de Trabajo (FCT), así como la integración de la FCT con el módulo de Proyecto, que incluirá aspectos relativos al ejercicio profesional.
Diego FranceschMiércoles, 22 de abril de 2020
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Las administraciones educativas podrán "sustituir la estancia en empresas por una propuesta de actividades asociadas al entorno laboral".

DOCUMENTO: Orden para la flexibilización de las enseñanzas de FP, artísticas y deportivas (PDF)

El Ministerio de Educación y Formación Profesional y las administraciones educativas de las comunidades autónomas adoptaron hace unos días en la Comisión de FP de la Conferencia Sectorial diversas medidas para asegurar que ningún alumno pierda el curso por la interrupción de clases presenciales y las prácticas en centros de trabajo y FP Dual debido a la crisis del coronavirus Covid-19. Medidas que ahora se han plasmado en una orden publicada en el BOE de 21 de abril.

La secretaria general de Formación Profesional del MEFP, Clara Sanz, presidió esta reunión de trabajo en la que participaron los directores generales de todas las comunidades para lograr el objetivo de que «todo el alumnado supere el curso a pesar de las circunstancias excepcionales».

El MEFP y las comunidades han acordado flexibilizar las prácticas en el centro de trabajo para superar el curso, ampliando el periodo establecido en el calendario escolar. Esta medida extraordinaria deberá ser coordinada con las fechas de celebración de la EBAU/EvAU para permitir que todos los estudiantes que así lo deseen puedan presentarse a la prueba de acceso a la universidad.

La duración de la FCT se limita de manera excepcional a las horas mínimas recogidas en la normativa básica, es decir 220. Asimismo, se integrará de forma excepcional el módulo de FCT con un módulo de proyecto para que se puedan abordar los objetivos asociados al entorno laboral. Esta medida afectará tanto a la FP Básica, como a la de Grado Medio y Superior.

La duración de la FCT se limita de manera excepcional a las horas mínimas recogidas en la normativa básica, es decir 220

Asimismo, en relación a las pruebas de acceso a la FP de Grado Medio o Superior para quienes no cuenten con los requisitos académicos de acceso a estas enseñanzas, se ha acordado posponerlas lo que sea necesario, llegando incluso a la primera quincena de julio.

Además de estas medidas, el MEFP ha puesto a disposición de las comunidades autónomas todos los recursos digitales disponibles de la modalidad de Formación Profesional a distancia, que en total abarca 104 ciclos formativos, para facilitar así la continuidad de las enseñanzas.

En concreto, la citada orden ministerial contempla que las administraciones educativas competentes «podrán autorizar la reducción excepcional de la duración de los módulos de Formación en Centros de Trabajo (FCT), al mínimo de horas contempladas en los reales decretos que establecen cada título y sus enseñanzas mínimas».

También podrán determinar la «exención total o parcial» de este módulo «en el caso de aquellos estudiantes de último curso del área sanitaria o sociocomunitaria de Formación Profesional que accedan a un contrato de trabajo de los establecidos en el marco de la Orden SND/299/2020, de 27 de marzo, en cuanto a las medidas relativas a los profesionales sanitarios en formación».

Las administraciones educativas podrán determinar la "exención total o parcial" de este módulo "en el caso de aquellos estudiantes de último curso del área sanitaria o sociocomunitaria

Asimismo, las administraciones educativas competentes podrán, «de manera excepcional durante el curso 2019-20, establecer que en los ciclos formativos de Grado Superior de Formación Profesional se integren en uno los módulos de FCTo y de Proyecto. Este nuevo módulo integrado tendrá una duración total de 245 horas, equivalentes a la suma de la duración contemplada para estos módulos en los reales decretos de cada título. El módulo integrado se regirá por lo establecido en el real decreto de cada título y su desarrollo reglamentario».

Asimismo, las administraciones educativas podrán «sustituir la estancia en empresas, propia de la formación en centros de trabajo, por una propuesta de actividades asociadas al entorno laboral». La evaluación del módulo de FCT «no requerirá la colaboración de la figura del tutor de empresa».

Igualmente, las administraciones educativas podrán incorporar un módulo de Proyecto en los currículos de los ciclos formativos de Formación Profesional Básica y Grado Medio, e integrarlo con el módulo de FCT.

En los casos de aquellos estudiantes que se encuentren cursando un ciclo formativo en modalidad dual y ésta se haya visto interrumpida por el Covid-19, las administraciones educativas  podrán entender «extinguido el convenio con la empresa colaboradora y proceder, si fuera preciso, a realizar los cambios oportunos en sus matrículas y documentos de evaluación previstos para las enseñanzas de Formación Profesional».

El Ministerio también recoge en la citada orden las medidas aplicables a las enseñanzas artísticas y deportivas.

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