El BOE publica la extensión, contenido y fechas de la EBAU de este año
En su edición de 21 de abril, el BOE recoge la orden del Ministerio de Presidencia que determina las características, el diseño y el contenido de la EBAU y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas en el curso.
Las pruebas ordinarias deberán celebrarse entre el 22 de junio y el 10 de julio y los resultados provisionales serán publicados antes del 17 de julio, mientras que las correspondientes a la convocatoria extraordinaria tendrán como fecha límite de celebración el 17 de septiembre, inclusive, y los resultados provisionales ser publicados antes del día 23 de ese mismo mes.
Se realizará una prueba por cada una de las materias y el alumnado dispondrá de una única propuesta de examen con varias preguntas.
Se realizará una prueba por cada una de las materias y el alumnado dispondrá de una única propuesta de examen con varias preguntas
En la elaboración de la prueba se tendrá en cuenta que el número de preguntas que deba desarrollar el alumno se adapte al tiempo máximo de realización de la prueba, incluyendo el tiempo de lectura de ésta.
Cada una de las pruebas de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad tendrá una duración de 90 minutos con un descanso mínimo de 30 minutos entre pruebas consecutivas. La evaluación tendrá preferentemente una duración de un máximo de cuatro días, que serán cinco en las comunidades autónomas con lengua cooficial.
Además de esta resolución, el BOE publica este jueves otra del Ministerio de Educación por la que se adoptan medidas excepcionales en materia de flexibilización de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo y de las enseñanzas de régimen especial.
Contenido de las pruebas
- En cada una de las pruebas se procurará considerar al menos un elemento curricular de cada uno de los bloques de contenido, o agrupaciones de estos, que figuran en la matriz de especificaciones de la materia correspondiente. Al menos el 70% de la calificación de cada prueba deberá obtenerse a través de la evaluación de estándares de aprendizaje seleccionados entre los definidos en la matriz de especificaciones de la materia correspondiente, que figura en el anexo I de esta Orden y que incluye los estándares considerados esenciales. Las Administraciones educativas podrán completar el 30% restante de la calificación a través de la evaluación de estándares de los establecidos en el anexo I del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.
- Los porcentajes de ponderación asignados a cada bloque de contenido en la prueba completa de cada materia, constituida por el total de preguntas que se le ofrecen para elegir al alumnado, harán referencia a la puntuación relativa que se asignará a las preguntas asociadas a los estándares de aprendizaje de los incluidos en dicho bloque. Estas ponderaciones son orientativas.
- En la elaboración de cada una de las pruebas de la evaluación se procurará utilizar al menos un estándar de aprendizaje por cada uno de los bloques de contenido, o agrupaciones de los mismos, que figuran en la matriz de especificaciones de la materia correspondiente.