Navarra recurrirá la sentencia que anula parte de la orden foral sobre jornada escolar
Educación ha reiterado su respeto por la decisión judicial, pero ha destacado su disconformidad con la valoración de la sala, al estimar que la orden foral no vulnera los preceptos de la ley orgánica de Educación (Lomloe). El Tribunal Superior de Navarra (TSJN) ha anulado tres artículos de una orden foral de Educación que confería a las familias derecho de veto sobre el cambio de jornada al considerar que ese poder decisorio vulnera la Ley Orgánica de Educación, una norma de rango superior. En concreto, se anulan tres artículos de una orden foral de Educación sobre la regulación de los tipos de jornada escolar en el segundo ciclo de Infantil, Primaria y Educación Especial.
El departamento ha subrayado su voluntad de salvaguardar el interés de las familias navarras de la educación pública en los procesos de regulación sobre el tipo de jornada escolar de los centros educativos. A este respecto, y teniendo competencias plenas para decidir de forma directa el tipo de jornada escolar de los centros educativos públicos, el departamento ha recordado que quiso elaborar, tras un largo proceso de consultas, una norma que regulara esta materia con la participación de toda la comunidad educativa.
Tal y como recoge el propio TSJN en su auto, el departamento reguló de forma consciente el procedimiento de consulta a las familias y a los claustros y la aprobación por parte de los consejos escolares del tipo de jornada escolar de cada centro, con plena autonomía a su decisión atendiendo, prioritariamente, a los intereses, necesidades y características del alumnado y sus familias o representantes legales.