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APIA denuncia que la Junta de Andalucía ha prevaricado al aprobar a un alumno

Mai MonteroMartes, 16 de abril de 2013
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Los cinco suspensos que se convirtieron en título de Educación Secundaria. Este caso tuvo lugar en el IES “Los Álamos” de Bormujos (Sevilla), en el que un estudiante finalizó el curso con cinco suspensos en Lengua Castellana y Literatura, Inglés, Biología y Geología, Ciencias Sociales y Física y Química. El alumno, que había suspendido las mismas asignaturas en junio y en septiembre, reclamó en ambas convocatorias ante el Claustro de profesores sin tener éxito.

Tras este fracaso, sus padres se dirigieron a la Comisión Técnica de Reclamaciones de la Delegación Provincial, y esta Comisión de la Consejería de Educación de la Junta, en su resolución 170/2012, decidió aprobar al alumno dos de las cinco asignaturas, Lengua Castellana e Inglés, por lo que le restaban por aprobar otras tres. El punto clave de la polémica viene suscitado por la posterior decisión de la Junta, la cual, en un procedimiento calificado de “extraordinario”, decidió que estos suspensos “no impiden la titulación ni menoscaban la formación académica y las competencias necesarias que permitirán al alumno reclamante afrontar una brillante carrera en cualquiera de los objetivos académicos o laborales que se proponga”. Además, la Delegación de Educación, ante la reclamación de la madre de este estudiante, decidió otorgar al alumno el título de Graduado en Secundaria.

Ante esta situación, la Asociación de Profesores de Instituto de Andalucía (APIA) ha denunciado ante la Fiscalía al delegado de Educación en Sevilla por haber decretado el aprobado y la posterior titulación en ESO del alumno. El sindicato considera que el delegado, Francisco Díaz Morillo, podría haber incurrido en un delito de prevaricación, pues la resolución no cumple los requisitos establecidos en la Orden de 10 de agosto de 2007, que regula la evaluación en la ESO y en la que se establece que el proceso de evaluación de un alumno corre a cargo del profesorado y no del delegado.

Según el sindicato, en ambas resoluciones no sólo se comete una infracción administrativa sino “una actuación deliberada y reiterada en el tiempo que trasciende del ámbito contencioso-administrativo para entrar de lleno en el terreno penal”.

APIA también denuncia que el dictamen por el que se resolvió aprobar dos de las cinco asignaturas del alumno se produjo unos tres meses después de que fuera admitida la reclamación, cuando el tiempo establecido en la orden es de 15 días, así como la actuación de la comisión de reclamaciones, cuyos informes justifican la decisión del delegado, se produce incumpliendo los plazos establecidos.

En cuanto a la titulación del alumno, tampoco se respeta el procedimiento reglado, “dándose el hecho insólito de que el delegado decide titular al alumno hurtando en las competencias que tiene a este respecto el profesorado”, afirma APIA.

NORMA "SIMILAR"

  • Por su parte, la Consejería manifestó en su momento que la normativa andaluza, que regula el derecho de las familias a presentar reclamaciones por las notas del alumnado, es similar a la aprobada por el Ministerio de Educación así como por el resto de comunidades. La consejera, Mar Moreno, hizo hincapié en que se trata de un proceso reglado y gestionado con criterios técnicos por personal de servicios educativos, tanto inspectores como docentes, y no por personal administrativo o político de la estructura de la Consejería. “Todos los sistemas tienen sus garantías”, recordó la consejera de Educación.
  • Según los datos de la Consejería, el número de reclamaciones por notas que son admitidas en Andalucía representan el 0,0006% respecto a los casi dos millones de alumnos que estudian en el sistema educativo de la comunidad, lo que significa que atienden unas 13 al año.
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