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El Gobierno canario recurre al TS la evaluación de la Lomce

La Consejería denuncia que el Estado no permitió participar a las comunidades y por eso ha presentado un requerimiento como paso previo a la presentación de este recurso contencioso-administrativo contra la aprobación de esta normativa.
RedacciónMartes, 5 de abril de 2016
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El equipo de Gobierno de Canarias, durante una de las reuniones del Consejo.

El Gobierno de Canarias aprobó la semana pasada, a propuesta de la consejera de Educación, Soledad Monzón, recurrir ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo el Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, por el que se dictan las características generales de las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria. El Gobierno autonómico había presentado un requerimiento al Estado, como paso previo a la presentación de este recurso contencioso-administrativo contra la aprobación de esta normativa.

Transcurrido el mes de plazo dispuesto en el requerimiento para la respuesta por parte del Estado y sin que ésta se produjera, la Consejería de Educación procedió a preparar la documentación necesaria para recurrir el Real Decreto, que presentó la semana pasada ante el Gobierno. Una vez analizada, el Consejo acordó ordenar a los servicios jurídicos del Ejecutivo autonómico iniciar los trámites necesarios para la interposición del recurso que impida la aplicación de una norma “aprobada sin las necesarias garantías legales”, a juicio de la Consejería.

El recurso se centra en el Real Decreto 1058/2015, que desarrolla la Lomce. Según la Consejería, en ese decreto “se establece un sistema de evaluación contrario al modelo defendido por la comunidad autónoma de Canarias, y el Estado lo aprobó sin haberse realizado las preceptivas consultas a los gobiernos autonómicos”. Pese a que el Estado incluyó el proyecto de Real Decreto en el Orden del día de la Conferencia Sectorial de Educación celebrada el 21 de abril del año pasado, “lo hizo sin haber permitido la participación previa de las comunidades autónomas en la redacción del anteproyecto, mediante su análisis y posterior presentación de observaciones y alegaciones”, denuncia el Gobierno canario.

Esa falta de consulta previa y la aplicación sin consenso del Real Decreto se ha realizado “de manera similar a como se ha ido desarrollando toda la Lomce, comenzado por su aprobación misma”, asegura la Consejería, lo cual ha provocado “la presentación del recurso ante el Tribunal Supremo, que se ampara en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, por el que, al omitir el preceptivo trámite de consulta a las comunidades autónomas, el Estado ha incurrido durante su tramitación en causa determinante de nulidad radical o de pleno derecho”.

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