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La prueba de Bachillerato no será necesaria este curso para titular pero sí para acceder a la universidad, según el borrador del Ministerio

El borrador de orden de evaluaciones finales de ESO y de Bachillerato –al que ha tenido acceso MAGISTERIO– señala en su Disposición Adicional Segunda que “la evaluación final de Bachillerato que se realice en el año 2017 únicamente se tendrá en cuenta para el acceso a la universidad, para lo que deberá obtener una calificación igual o superior a 4 puntos”.
Diego FranceschMiércoles, 2 de noviembre de 2016
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La calificación para el acceso a la universidad se calculará ponderando un 40% la calificación de la evaluación final y un 60% la nota media del expediente académico.

Se entenderá que se reúnen los requisitos de acceso cuando el resultado de esta ponderación sea igual o superior a 5 puntos.

El pasado 29 de julio, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 310/2016 por el que se regulan las evaluaciones finales de ESO y Bachillerato que establece, en su artículo 2.1, que “el Ministerio de Educación determinará para todo el sistema educativo español las características, el diseño y el contenido de las pruebas, los procedimientos de revisión de las calificaciones y los cuestionarios de contexto, con el fin de garantizar la estandarización de las pruebas”.

Después de varias semanas de trabajo y de repetidas reclamaciones por parte de las comunidades autónomas, universidades y de otras organizaciones educativas que ven cómo se les va echando el tiempo encima para la preparación de las pruebas, el Ministerio ya dispone de un borrador.

Dicho texto señala en primer lugar que “se realizará una prueba por cada una de las materias objeto de evaluación en la etapa correspondiente, constando cada una de ellas de un número mínimo de dos y un número máximo de 15 preguntas”.

Cada prueba final de ESO durará 60 minutos, con un descanso entre pruebas consecutivas de, como mínimo, 15 minutos. La de Bachillerato durará 90 minutos y con descansos de 20 minutos. Se establecerá un descanso entre pruebas consecutivas de, como mínimo, 20 minutos. Ambas podrán durar un máximo de cuatro días en total o cinco en el caso de las comunidades con lengua cooficial.

El borrador señala que determinar los contenidos de las pruebas se seguirá lo indicado por el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la ESO y del Bachillerato.

Para la evaluación final de ESO, el borrador dice que al menos el 80 % de los estándares de aprendizaje evaluados deberán seleccionarse de entre los definidos en la matriz de especificaciones de la materia correspondiente, matrices que figuran en los anexos a esta orden. En el caso de la evaluación final de Bachillerato, al menos el 70% de los estándares de aprendizaje evaluados en cada una de las pruebas deberán estar entre los definidos en la matriz.

Fechas de las pruebas
El borrador también señala que las pruebas de evaluación final de ESO correspondientes al curso 2016-17 en convocatoria única deberán finalizar antes del 24 de junio y los resultados deberán ser publicados antes del 15 de julio. Las de Bachillerato deberán finalizar antes del 10 de junio y los resultados deberán ser publicados antes del 24 de junio.

También cabe una convocatoria extraordinaria anterior al 8 de julio cuyos resultados deben publicarse antes del 23 o, en el caso de hacerse en septiembre, antes del 9 y cuyos resultados se publicarían antes del 23.

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