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Las plazas para Infantil quedan garantizadas

Un nuevo decreto riojano garantiza la gratuidad y la existencia de plazas en el segundo ciclo de Educación Infantil e introduce nuevos criterios de admisión. Además, los padres podrán reservar hasta tres plazas por unidad escolar.
Miércoles, 14 de marzo de 2007
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Autor: Sonia BARRADO

El Gobierno riojano ha aprobado un nuevo Decreto para regular la elección de centro educativo no universitario sostenido con fondos públicos, los criterios de admisión y el acceso a las enseñanzas de régimen general. Esta norma actualiza el anterior Decreto autonómico, el 21/ 2004, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Enseñanza (LOE), que establece que los procedimientos de admisión se adapten a lo previsto en ella a partir del curso 2007-08.

Gratuidad e integración

El nuevo texto, al igual que el anterior, se articula “en torno a la libertad de elección de centro por los padres y la escolarización inmediata cuando hay plazas suficientes”, ha señalado el Ejecutivo. Con la adaptación del Decreto, La Rioja garantiza la gratuidad y la existencia de plazas en el segundo ciclo de la Educación Infantil (de tres a seis años). Además, se excluyen los criterios de discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión “o cualquier otra circunstancia personal y social”.
Con la finalidad de garantizar la calidad educativa, la cohesión social y la igualdad de oportunidades, con la nueva norma se posibilita también la reserva de hasta un máximo de tres plazas por unidad escolar, de la oferta de vacantes, en el primer curso del segundo ciclo de Educación Infantil. Para los otros niveles, la reserva será de hasta dos plazas. Se establece, asimismo, la adscripción de todos los centros de Infantil y Primaria al menos a uno de Secundaria, aunque “se respetará la decisión de los centros concertados de no ser adscritos si así lo manifiestan”.
El nuevo Decreto supone la introducción de criterios de admisión, respetando los cuatro señalados por la LOE (hermanos matriculados en el centro o padres que trabajen en él, rentas anuales y concurrencia de discapacidad en el alumno, padres o hermanos). En el caso de los alumnos de Formación Profesional, se tendrá en cuenta únicamente el expediente académico.

Nuevos criterios

En caso de empate, y una vez aplicado el baremo, se eliminará el sorteo y se dilucidará con la selección de los alumnos que obtengan mayor puntuación en los siguientes criterios: hermanos matriculados en el centro; padres o tutores que trabajen en él; proximidad del domicilio; existencia de discapacidad en el alumno, en los padres y en algún hermano; renta anual de la unidad familiar y, en el caso de Bachillerato, la nota media del expediente académico del alumno.
Por otra parte, se regula la constitución de Comisiones de Escolarización, que garantizarán “el cumplimiento de las normas sobre admisión de alumnos y el ejercicio de los derechos reconocidos en este Decreto”. El Consejo Escolar será el órgano que decidirá sobre la admisión del alumnado, ajustándose a la normativa vigente.

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