fbpx

El Ministerio presenta un proyecto de centros de referencia nacional de FP

El Ministerio de Educación continúa desarrollando la Ley de Formación Profesional con la tramitación del proyecto de Real Decreto por el que se regulan los centros de referencia nacional de Formación Profesional.
Miércoles, 9 de enero de 2008
0

El Ministerio de Educación continúa desarrollando la Ley de Formación Profesional con la tramitación del proyecto de Real Decreto por el que se regulan los centros de referencia nacional de Formación Profesional. Según el borrador de este proyecto, serán considerados centros de referencia nacional aquellos centros públicos que realicen acciones de innovación y experimentación. Estarán especializados en los diferentes sectores productivos y habrá al menos uno por cada Comunidad Autónoma. Estos centros servirán de referencia en el ámbito de la familia profesional que tengan asignada. Además, realizarán acciones formativas dirigidas a estudiantes, trabajadores ocupados y desempleados, así como a empresarios, formadores y profesores. Otra de las características de estos centros es que serán sometidos a evaluaciones anuales y podrán perder su consideración de centros de referencia a los cuatro años.

Plantillas de profesores

El Consejo Escolar del Estado ya ha informado este proyecto y la Comisión permanente de este organismo ha acordado plantear al MEC diversas aportaciones como que las plantillas de profesores de estos centros deban negociarse con los sindicatos en la Mesa Sectorial de la comunidad de la que dependa cada centro.

Otra de las sugerencias del Consejo Escolar es que el profesorado de estos centros forme parte del Consejo Social, que es el órgano de participación social, al igual que el consejo que existe en los centros universitarios. Igualmente, los directores de centros de referencia deberán ser nombrados a propuesta del Consejo Social –según la propuesta del Consejo Escolar– y no del MEC como señala el borrador de proyecto ministerial.

El sindicato STES calificó como “mejoras” las aportaciones del Consejo Escolar del Estado, pero criticó otras cuestiones que permanecen en el proyecto de Real Decreto, como que la titularidad de estos centros pueda ser de la Administración central o autonómica “lo que –según STES– puede suponer un retroceso o una intromisión en la gestión autonómica actual del sistema educativo. El proyecto contempla que el Estado pueda llevar a cabo acciones en dichos centros sin el acuerdo de la comunidad en la que estén ubicados.

Para llegar a ser centro de referencia las instalaciones deberán disponer de los equipamientos vinculados con la familia profesional que tengan asignada.
El marco legislativo de estos centros será el mismo del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. Se regirán por convenios de colaboración entre la Administración central y las Comunidades Autónomas. Por lo demás, estos centros se conciben como instituciones que deben facilitar una Formación Profesional más competitiva y responder a los cambios en la demanda de cualificación de los sectores productivos. Su trabajo debe ser un referente para el sector productivo y formativo.

Departamentos de centro

En lo que se refiere al capítulo de personal docente, los centros tendrán, además de un director, un departamento de observación e investigación al que corresponderá el seguimiento y análisis de la evolución de los sectores productivos.
Además, al departamento de desarrollo, innovación, experimentación y formación le corresponde –además de las acciones de innovación– la elaboración y actualización de los contenidos, metodologías y materiales didácticos. Por último, podrá existir un departamento de reconocimiento para colaborar en la evaluación y acreditación de competencias.

La solicitud para obtener la calificación de centro de referencia corresponde al titular. En el plazo de un año a partir de la entrada en vigor del Real Decreto, los centros que aspiren a esta calificación podrán adaptarse a las condiciones y requisitos establecidos.

0