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“El director está capacitado para resolver faltas de los docentes”

AXIA ha luchado mucho para que el Decreto de Direcciones y la profesionalización del cargo vea la luz. El nuevo presidente apuesta por minimizar los posibles conflictos con profesores.

Noelia RamírezMartes, 25 de enero de 2011
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Preside Axia desde hace poco más de un año, es licenciado en Filosofía por la Universidad de Barcelona y dirige durante su día a día el IES “Juan Manuel Zafra” –una joya arquitectónica del modernismo catalán escondida en el barrio de El Clot– . Para Prat (Barcelona, 1957) vislumbrar cómo el Decreto de Direcciones toma forma es la materialización de la lucha de su asociación.

Su antecesor, Carles Mata, batalló con la Administración para conseguir que la profesionalización de los directivos fuese una realidad latente. Su asociación lleva desde 2001 tratando de gestionar cambios con el PP y más tarde con el PSOE. Pero ha sido el Estatut y la Ley de Educación de Cataluña (LEC) los que han permitido que el Decreto vea la luz.El camino será largo. Los resultados no se podrán vislumbrar hasta dentro de ocho años.

¿Qué ventajas supone el Decreto de Direcciones para la gestión de los centros?
nRespuesta. El Decreto de Direcciones supone la posibilidad de entrar en el modelo europeo de dirección profesional. Toda Europa, excepto España y Portugal, tiene direcciones profesionales, de diferentes modelos. Es muy importante abandonar la excepción ibérica y establecer una dirección bajo el parámetro general europeo. Evidentemente el camino será largo, pero el decreto habla de evaluación, gestión del personal, formación, y de reconocimiento profesional.

El Govern aprobó el decreto el pasado 8 de noviembre pero, ¿cuándo podrá desarrollarse con plena normalidad en los centros? ¿Habrá que esperar a que se apruebe el Decreto de Evaluación?
El camino del desarrollo de un proyecto ambicioso como la LEC, a través de los decretos pertinentes, va ser largo. Creo que podríamos ver cambios significativos dentro de ocho o diez años.

A partir de ahora, ¿se podría decir que el director asume el cargo de jefe de personal?
Sí, podríamos decir que el director puede empezar a asumir el cargo de jefe de personal, ya que el decreto asigna al director funciones específicas de este ámbito, pero otorga al director funciones de personal de acuerdo con el Estatuto del Funcionario.

Los directores podrán resolver los casos de faltas leves de profesores e impuntualidades, algo que hasta ahora gestionaba la Administración. ¿Era realmente una medida necesaria?
La capacidad para tomar decisiones de esta índole es propia de cualquier entidad profesional. Todas ellas tienen la posibilidad de resolver estos asuntos y nadie manifiesta que no es necesario que tengan esta facultad. Se hace cuando hay que hacerlo, y es una circunstancia no habitual. Los directores representan a la Administración en los centros educativos y tienen un buen conocimiento empírico de lo que sucede en ellos, por lo tanto están bien capacitados para resolver estos asuntos.

Proponer las plantillas docentes es otra de las medidas que podrán decidir los directores. ¿Por qué ha levantado tanta polvareda entre los sindicatos? ¿Qué ventajas puede ofrecer que el director sea el que decida?
La primera pregunta debería ser hecha a los sindicatos. Por lo que se refiere a la segunda, los directores tienen un excelente conocimiento de la estructura de los centros, de sus proyectos, y de sus circunstancias. Por lo tanto, están capacitados para tomar decisiones sobre las plantillas. Antes del decreto el director ya podía pedir un profesor de una u otra especialidad. En cualquier caso sólo se puede ejercer en ocasión de vacante, en ningún caso el profesorado adscrito a un centro y a una plantilla puede ser desplazado por una decisión del director.

También estarán capacitados para alquilar el espacio del centro fuera del uso educativo para autofinanciarse. ¿Ayudará esta medida a solventar el déficit económico de algunos centros?
Creo que la capacidad de alquilar el espacio del centro tiene mucho más que ver con el aprovechamiento de los recursos públicos y la posibilidad de ponerlos a disposición de las entidades sociales de la zona, que con generar recursos económicos. Indiscutiblemente el alquiler reportará unos ingresos monetarios, pero creo que serán un humilde complemento.

Su antecesor en el cargo, Carles Mata, afirmó que el modelo asambleario de gestión de centros era el que llevaba al fracaso escolar. ¿El nuevo decreto, cómo repercute en el éxito educativo?
No recuerdo el contexto en que Carles Mata hizo esta afirmación. Entiendo que manifestó que el modelo asambleario era negativo para los centros educativos, y que ello afectaba a todo. La profesionalización de la dirección de los centros educativos es un factor, entre otros, que debe posibilitar la mejora del aprendizaje, de la educación del alumnado y, en consecuencia, la reducción del fracaso escolar.

Muchos sindicatos indican que antes, el papel del director, era el de representar el Claustro ante la Administración y que con el decreto, el director representará a la Administración ante sus compañeros. El decreto, ¿realmente acaba con la horizontalidad del Claustro y del Consejo Escolar? ¿Qué podría alegar ante los más escépticos?
Estoy de acuerdo en que el decreto establece que el director representa a la Administración en los centros educativos y puede acabar con esta situación de horizontalidad. Sin embargo, el proceso para que este cambio sea efectivo es largo porque se necesita tiempo para modificar uno de los ejes fundamentales del funcionamiento de un centro educativo. Los más escépticos tienen sus razones. Solamente el devenir de los cambios en el tiempo los convencerá. Hasta donde llega mi conocimiento de las leyes y decretos el director siempre ha tenido una doble representación en el exterior como representante del Claustro y de la comunidad escolar; y en el interior como representante de la Administración en el centro. En cualquier caso el decreto ayuda a que el director y la comunidad educativa interioricen este hecho, cosa que no ha de excluir la horizontalidad entendida como liderazgo compartido.

El cambio de rol también implica un cambio de salario. El complemento de dirección, que antes se cobraba al dejar el cargo, ahora crecerá cada cuatro años hasta completar 16. ¿La reducción presupuestaria por la crisis les afectará o seguirá en pie tal y como se pactó?
La verdad es que la crisis es profunda y las noticias que diariamente nos llegan nos invitan a refugiarnos en el estoicismo y el escepticismo. Sin embargo, creo que la Administración intentará mejorar las condiciones en la medida que la situación económica lo permita. Es indiscutible que el ejercicio de la dirección debe conllevar un reconocimiento de todo tipo y las actuales condiciones no reconocen la responsabilidad e importancia de la dirección.

¿Qué ventajas aportará la evaluación de docentes y del centro?
La evaluación es un instrumento indispensable para cualquier actividad profesional. Un centro educativo debe establecer criterios para valorar su actividad. El objetivo de la evaluación es la mejora del servicio educativo a la sociedad. La evaluación permite conocer el valor del proceso de enseñanza-aprendizaje y mejorar aquello que sea necesario. La cultura de la evaluación afecta positivamente a todos. De momento, y con este decreto, el director es el único que tiene una evaluación obligatoria cada año o cada cuatro años, y su permanencia en el puesto depende de esta evaluación. Sería deseable que esta evaluación obligatoria fuese extensiva al resto de miembros del proceso educativo aunque sin que la continuidad en su puesto dependiera de sus resultados, como en caso del director.

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