fbpx

La nota media será prioritaria para optar a Bachillerato en centros públicos

El expediente académico será, por primera vez, un criterio prioritario en el proceso de admisión de alumnos de Bachillerato en los centros sostenidos con fondos públicos el próximo curso 2012-13.
MagisnetLunes, 2 de abril de 2012
0

Así lo regula la orden que fija los criterios de admisión para el próximo curso escolar en la Comunidad de Madrid y que se publicó en el BOCM el pasado día 14. La incorporación del expediente académico como criterio prioritario para estos alumnos es una de las novedades introducidas por la Consejería de Educación y Empleo en la orden que fija los nuevos baremos, con vistas a incrementar la libertad de elección de las familias.

El próximo curso, la zona única de escolarización llegará a 164 de los 179 municipios de la región, lo que supone un 91,6% del total, mientras que los restantes lo implantarán en el curso escolar 2013-14. Así, los alumnos que el próximo septiembre accedan a Bachillerato habiendo obtenido una nota media mayor o igual a 9 en el último curso finalizado obtendrán 10 puntos en el proceso de admisión. Con entre un 8 y un 9 de media obtendrán 8 puntos, entre un 7 y un 8 obtendrán 6 puntos, mientras que una nota media igual o mayor que 6 se computará con 4 puntos.

Junto al expediente académico, la orden de la Consejería incluye otros cuatro criterios prioritarios, entre ellos tener hermanos matriculados en el centro o padres que trabajen en el mismo, lo que se contabiliza con 8 puntos. A la proximidad del domicilio familiar o lugar de trabajo le corresponden 4 puntos si está dentro de la zona de influencia del centro solicitado y 2 puntos si está situado en el límite de dicha zona.

Las familias receptoras de la Renta Mínima de Inserción contarán con 2 puntos y la existencia de discapacidad física y/o sensorial del alumno solicitante, de los padres o hermanos supondrá 1,5 puntos. Además de estos cinco criterios prioritarios, la orden recoge otros tres complementarios: que alguno de los padres o hermanos sea antiguo alumno del centro (1 punto), pertenecer a familia numerosa (1,5 a 2,5 puntos), y 1 punto más que podrá asignar el propio centro escolar según criterios públicos y objetivos. Entre los criterios de desempate figuran la mayor puntuación obtenida en el apartado de hermanos matriculados en el centro, seguido de la mayor puntuación en la valoración del expediente académico, y de la proximidad del domicilio, entre otros.

El grupo de UPyD en la Asamblea de Madrid apoya esta decisión de la Consejería, mientras que el PSOE e IU lo han criticado. "A nosotros todo lo que sea valorar el esfuerzo, el trabajo bien hecho y el estudio por parte de los alumnos nos parece bien", ha dicho en los pasillos de la Asamblea el portavoz adjunto del grupo, Ramón Marcos. Para UPyD, Madrid y España tienen un "grave problema" al contar con "pocos alumnos entre los mejores", por lo que "todo lo que implique incrementar el número de alumnos entre aquellos que mejores notas tienen, y para ello hay que premiar el esfuerzo, es buena cosa para nuestra Comunidad", ha defendido.

El portavoz de Educación del grupo socialista, Eusebio González, ha opinado, en cambio, que es una "medida regresiva" y ha anunciado que va pedir la comparecencia de la consejera Lucía Figar en el próximo pleno para que dé explicaciones. González ha dicho a Efe que dicha medida "va en contra de la libertad de elección, destruye la igualdad de oportunidades real y va a segregar a los alumnos por su supuesta capacidad intelectual".

Para la portavoz de Educación de IU, Eulalia Vaquero, la decisión de la Consejería ha sido una "sorpresa" que "da idea de las ocurrencias con que se toman tan a la ligera las normativas, sin consultar a nadie, ni medir las consecuencias". En los pasillos de la Asamblea, Vaquero también ha advertido de que, "cuando el criterio que prevalece sobre todos los demás es la nota, lo que se pretende es clasificar a los centros y a los alumnos, es decir, que tengamos institutos de primera, de segunda y de tercera categoría".

La Consejería ha recordado a los grupos parlamentarios del PSM e IU que la inclusión del expediente académico como criterio de admisión de alumnos de Bachillerato ya estaba en la LOE. Asimismo, un portavoz de la Consejería ha subrayado que la orden con esos criterios sólo afecta a los estudiantes de Bachillerato que quieran cambiar de centro educativo.

La Consejería señala que el artículo 85.1 de la LOE, que fija las condiciones específicas de admisión de alumnos en etapas postobligatorias, establece que "para las enseñanzas de Bachillerato, además de los criterios establecidos en el artículo anterior, se atenderá al expediente académico de los alumnos". "En los procedimientos de admisión de alumnos a los ciclos formativos de grado medio o de grado superior de formación profesional, cuando no existan plazas suficientes, se atenderá exclusivamente al expediente académico de los alumnos con independencia de que éstos procedan del mismo centro o de otro distinto", añade.

0